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PROVEEDOR
DIRECCION
DIRECCION
DE CONTADURIA
Y ADMINISTRACION
DEPARTAMENTO COMPRAS
RIVADAVIA 1864 TE: 6313-6009 LICITACION EXPEDIENTE
N° VALIDEZ DE OFERTA : 30 DIAS. Publica X 75.056/05 PLAZO DE ENTREGA : (*) Privada PROV. DEL ESTADO N°:
EN CASO DE ESTAR Cont.
Directa
INSCRIPTO ENVIAR FOTOCOPIA
Sírvase cotizar precio por el suministro que se indica a
continuación de acuerdo con las especificaciones que se detallan.
Las cláusulas generales y formulario de Declaración Jurada
que se acompañan forman parte integrante del presente Pliego de Bases
y Condiciones VALOR DEL PLIEGO :
$1.000.-
Saluda a Ud. muy Atte. APERTURA
DE LAS PROPUESTAS FECHA HORA
....................................................... ESPECIFICACIONES 1 LLAMESE A LICITACION PUBLICA
POR LA CONCESIÓN Y EXPLOTACION COMERCIAL DEL SERVICIO DE
COMEDOR, DE AUTOSERVICIO, BUFFET Y DE LUNCH,
( POR EL PLAZO DE DOS AÑOS) UBICADO EN EL EDIFICIO ANEXO DE LA
H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION. ESPECIFICACIONES 1 - OBJETO DE LA
CONTRATACION: La Honorable Cámara
de Diputados de la Nación otorgará en concesión por el plazo de dos
(2) años, a contar desde la fecha de la firma del contrato
correspondiente, la
explotación comercial del servicio de comedor , de autoservicio y de
lunch, ubicado en el 5° Piso del Edificio Dr. Juan Carlos Pugliese
sito en la intersección de Avenida Rivadavia y Calle Riobamba. El mismo podrá ser renovado automáticamente de común
acuerdo entre la Adjudicataria y la H. Cámara de Diputados de la Nación,
por dos
(2) año, mediante
notificación fehaciente efectuada a la Adjudicataria, en adelante la
“EMPRESA”, con una anticipación no inferior a CUARENTA Y CINCO
(45) días al vencimiento de cada período.
De no existir dicha comunicación se entenderá que el contrato
no será renovado. También forma parte
del presente llamado los anexos correspondientes a menúes, planillas
de antecedentes y de manifestación de bienes, que adjuntarán los
oferentes. 2 - CARACTERISTICAS DE
LOS SERVICIOS: Sin perjuicio de
quedar librada a la Adjudicataria la posibilidad de brindar distintos
tipos de comida y especialidades propias de la actividad, éstos deberán
ser de primera calidad. Los servicios deberán propender a
proporcionar una variedad y cantidad de platos, porciones y productos
adecuados, como mínimo a los consignados en los Anexos "A"
y "B" que forman parte del presente pliego de condiciones. 2.1 Comedor:
destinado a los señores legisladores, periodistas acreditados en la Cámara,
funcionarios categoría 1, 2, 3 y empleados que cuenten con la
autorización de la Casa. 2.2 Autoservicio: destinado al personal empleado por el
organismo y visitantes autorizados. (Menúes económicos) 2.3 Lunch:
destinado a los Sres. Legisladores
y al personal en general y se prestará en los lugares de trabajo en
el siguiente horario : de 10:00 a 19:00 horas. 2.4 Buffet:
destinado a los Sres. Legisladores
y se prestará en el Salón de Conferencias del Palacio, los días de
sesiones. A estos fines deberá
contemplarse, como mínimo, el ofrecimiento de los productos
consignados en el Anexo "B". Los elementos que acompañen a
la mercadería que se ofrezca, deberán posibilitar su consumo en las
mejores condiciones de higiene y comodidad.
2.5 Comidas Protocolares: Presidencia, Secretarías, Sres.
Legisladores y otras que autorice el Organismo.
2.6 Vinos: Los vinos y demás bebidas alcohólicas, podrán tener un
precio no superior al 30% del importe mayorista y reconocido en plaza, se
deberá ofrecer una carta donde se incluyan distintos tipos de variedades. 3 - CAPACIDAD DE LAS
INSTALACIONES Y HORARIO DE LOS SERVICIOS: 3.1 En el Salón de Autoservicio El servicio consistirá
únicamente en
almuerzo, y el horario en este recinto con una capacidad que
posibilita la atención simultánea aproximadamente de 250 (doscientos
cincuenta) comensales sentados y estará comprendido entre las 11:45 y
las 16:00 horas. La Adjudicataria podrá
ampliar la capacidad de comensales a atender simultáneamente, para lo
cual, deberá agregar, a su cargo, las mesas y sillas necesarias, con
previa autorización de la H. Cámara. Se deberá establecer
un precio fijo por el menú
del día. Teniendo en cuenta
que el personal usuario del servicio goza para el almuerzo de una
franquicia de 45 (cuarenta y cinco) minutos, quedará a cargo de la Adjudicataria y será de su exclusiva responsabilidad
todos los aspectos inherentes a la programación de la operatoria y
desarrollo de la prestación del servicio en este Salón, el que se
ajustará a la conformación y ubicación de las instalaciones
existentes. 3.2 En los lugares de
trabajo 3.2.1El servicio de Lunch
en los lugares de trabajo deberá prever la, atención del personal en
cumplimiento de sus tareas, ante sus requerimientos. A estos fines deberá
contemplarse, como mínimo, el ofrecimiento de
los productos consignados en el anexo "B".
Los elementos que acompañen
a la mercadería que se ofrezca, deberán posibilitar su
consumo en las mejores condiciones de higiene y comodidad.
(merienda, sandwichería, ensaladas varias, tartas, empanadas, tortas, masas,
facturas, pasteles etc). 3.2.2 Respecto de lo
previsto en el punto anterior, si la H. Cámara lo dispone, los
servicios a prestar podrán coexistir con máquinas expendedoras automáticas
de bebidas frías y calientes y alimentos envasados, ubicadas en
distintos edificios y pisos. 3.3 Comedor de legisladores: especial
con cargo a los mismos, el cual se ajustará a la siguiente
descripción: 3.3.1 Cantidad de Comensales: Se estima entre 180 y 260 personas por día
hábil, contabilizando ambos turnos. 3.3.2 Horario: Se
establecerán 2 turnos de atención, uno de 12:00 a 16:00 hs, y otro
de 20:30 a 24 hs. La Adjudicataria
deberá atender pedidos especiales por razones dietéticas, pudiendo
agregar otros menúes a su voluntad, deberá contar con personal
profesional para éstas comidas. además una carta,
donde constarán las distintas alternativas de entradas, platos
principales y postres, cada una con su respectivo precio. 3.3.3 Bebidas: Los oferentes incluirán en el menú 1 (una) botella
individual de agua mineral o gaseosa, a elección del comensal. 3.3.4 Menúes:
El menú del día estará compuesto por una entrada fría, un
plato principal y un postre. Deberá contar, diariamente, por lo menos
con uno de diez menúes básicos que se seleccionen.
Dichos menús no deberán
repetirse como mínimo en el término de una semana (menú tipo). No se servirá café
ni te. 3.4 Servicio de
buffet Durante las sesiones
ordinarias y extraordinarias que realice la H. Cámara, la Secretaría
Administrativa, podrá solicitar el servicio de buffet durante el
tiempo que demanden las mismas, en el Salón de Conferencias, se tomará
en cuenta días hábiles, sábados y domingos cuando correspondan. 3.4.1 Buffet: variedad
de Sandwich, ensaladas, tartas, empanadas, tortas, masas, facturas,
ensaladas de frutas,
gaseosa, agua mineral, jugos,
etc. 3.4.2
La Empresa deberá colocar por escrito en el hall donde se
retiran los menúes (Autoservicio), el listado por dos (2) semanas de
los platos ofrecido durante ese lapso. 4
- LOCALES, INSTALACIONES Y EQUIPAMIENTO: 4.1 La H. Cámara
entregará a la Adjudicataria los locales salones, cocinas, offices,
con sus respectivas instalaciones de luz, gas, agua y los
equipamientos empotrados a las instalaciones.
Por otra parte también le facilitará los elementos propios de
la actividad con que cuenta actualmente, en su estado actual mediante
acta de inventario, los cuales deberán ser devueltos al finalizar la
contratación en estado normal de uso, salvo los desgastes producidos
por el uso y el transcurso del tiempo. Estará a cargo de la
adjudicataria toda reposición de elementos que sean necesarios
realizar, para la
correcta atención del servicio que se trata. Dichas mejoras
quedarán al término del contrato, a favor de la H. Cámara, no
pudiendo alegar la Adjudicataria derecho alguno sobre el particular,
sin poder reclamar indemnización ni contraprestación por tal motivo. 4.2 La Adjudicataria podrá incorporar máquinas y/o equipos de
su propiedad a fin de optimizar la prestación de los servicios.
Cumplido el plazo de la concesión
podrá retirarlos. El ingreso de los
elementos deberán ser registrados mediante Actas. La H. Cámara podrá
requerir a la empresa el reemplazo de cualquier elemento de propiedad
de aquella que, a su solo juicio no observe las condiciones de
calidad, higiene y/o conservación apropiada para ésta clase de
servicio. Como así también la decisión de si se ajustan o no dicho
objetivo. Será facultad de la
H. Cámara decidir si se ajustan o no a dicho objetivo. 4.3
Quedará
a exclusiva cuenta de la Adjudicataria la provisión de vajilla y
mantelería para la atención de los distintos servicios. Todos los
elementos de estos rubros deberán mantener uniformidad en modelos,
calidad y tamaños y ser adecuados para cada uso y lugar.
La empresa que resulte adjudicataria deberá presentar las
muestras respectivas antes del inicio de sus actividades, dependiendo
exclusivamente de ésta H. Cámara la conformidad de las mismas. 4.4 Los
oferentes deberán presentar un proyecto de las mejoras a realizar en
los salones correspondientes a la concesión, indicado plazo mínimo
de ejecución de los mismos. 4.5 Fuera
de los horarios de cumplimiento de servicios en los salones comedores
por parte de la Adjudicataria, la H. Cámara podrá ante situaciones
eventuales utilizar las instalaciones.
Esta arbitrará los controles que estime necesarios respecto de
los elementos de su propiedad. Se
tratará de comunicar esas contingencias con la mayor antelación
posible. En tales
eventos, la H.
Cámara podrá optar entre los servicios que brinda la Adjudicataria o
contratar con terceros sin que por ello la empresa tenga derecho a
reclamo o indemnización alguna. 5 - ELABORACION DE
LAS COMIDAS Y CONTROL DE LOS PRODUCTOS: 5.1 Los platos que
conformen los distintos menúes y otros alimentos comestibles, deberán
ser elaborados en este ámbito, utilizándose las instalaciones
facilitadas por esta Institución. 5.2 La H.
Cámara podrá, toda vez que lo estime conveniente, comprobar
el estado de los productos que se expendan, así como retirar muestra
de ellos para someterlos a análisis bromatológicos, sin perjuicio de
toda otra verificación que resuelva sobre los mismos. 5.3 Sin perjuicio de
ello, la Adjudicataria será civil y penalmente responsable en todo
momento por la comercialización de alimentos (sólidos ó líquidos),
de plazo vencido y/o en estado no apto para el consumo. 6 - PAGO DE LAS
CONSUMICIONES: 6.1 Toda consumición
que efectúe el personal, tanto en el Salón de
Autoservicio o en sus lugares de trabajo, será abonada por éste
en forma inmediata, no siendo
de responsabilidad de la H. Cámara los eventuales litigios que
pudieran producirse derivados de
situaciones vinculadas con la
adopción de otras modalidades no autorizadas. 6.2 Las
correspondientes al Comedor de Legisladores serán abonadas al contado
o en su defecto a mes vencido del 10 al 15 del mes posterior al de la
prestación. A tales
efectos la empresa Adjudicataria deberá solicitar a cada legislador o
funcionario, previamente autorizado, la firma de la adición y
presentarla a la Dirección General Administrativo Contable en forma
quincenal y/o mensual para ser descontada en planilla de haberes. 7 - LIMPIEZA,
MANTENIMIENTO Y DESINFECCION DE LOS LOCALES E INSTALACIONES QUE OCUPE
LA ADJUDICATARIA: 7.1 Tendrá a su cargo la limpieza integral y
mantenimiento de todas las áreas afectadas a los servicios con todo
su mobiliario, pisos, paredes, vidrios, artefactos de iluminación,
cielorrasos en general y todo tipo de maquinarias y otros elementos
internos y externos e instalaciones actuales y futuras,
etc. Asimismo, durante el
funcionamiento del servicio y en todos los turnos, se deberá mantener
en perfecto estado de limpieza todo el comedor (mesas, sillas, pisos,
mesadas, etc.). También estarán a cargo de la limpieza de los baños
para hombres y mujeres, ubicados a ambos lados de los ascensores. Queda prohibida por
parte de la Adjudicataria, ceder o subcontratar el cumplimiento de
estas obligaciones o tercerizarlos de modo alguno. 7.2 Dará estricto cumplimiento además a lo
establecido en la Ley N° 19.587 (de Higiene y Seguridad en el
Trabajo), su Decreto Reglamentario N° 351/79 y Resoluciones N°
444/91 y N° 593/95, y el
Decreto N° 1338/96. A
tal fin, coordinará con la Secretaría Administrativa, los mecanismos
necesarios al tal efecto. 7.3 También tendrá a su cargo la desinfección, desratización
y desinsectización de los mencionados sectores que deberá realizar
con una frecuencia mínima de una vez por mes, presentando la
respectiva certificación. No
obstante la H. Cámara podrá requerir mayor frecuencia cuando las
circunstancias así lo requieran. 8 - PERSONAL DE LA
ADJUDICATARIA: 8.1 Deberá afectar el personal necesario y suficiente para un
ágil, correcto y normal desarrollo de los servicios (cocineros,
ayudantes, mozos, etc.), debiendo éste poseer buena presencia, trato
y conducta intachable y ser idóneo en las tareas a las que está
destinado. Deberá incrementar su dotación a pedido de la H. Cámara
cuando razones fundamentadas y/o justificadas así lo requieran. 8.2 La dotación deberá ajustarse a las normas internas
vigentes para las personas ajenas a la H. Cámara, debiendo la
Adjudicataria proporcionar antes del inicio de su actividad una nómina
de aquélla detallando tipo y número del documento de identidad,
fecha de nacimiento y domicilio, la que deberá ser actualizada con
suficiente anticipación en caso de reemplazos y/o ampliaciones. 8.3 Procederá al inmediato reemplazo de aquel personal que por
cualquier motivo incurriera en faltas a juicio de la H. Cámara y a su
sola indicación. Las
eventuales consecuencias de orden laboral que ello pudiera ocasionar
serán de exclusiva incumbencia de la Adjudicataria. 8.4
El
personal deberá estar correctamente uniformado. La ropa no lucirá inscripción publicitaria alguna, no
obstante podrá estar individualizado con el nombre de la empresa
exhibido en el lado izquierdo superior de la prenda que corresponda.
Esta
vestimenta deberá ser provista por el Adjudicatario a su cargo. 9 - PROHIBICIONES AL
PERSONAL: 9.1 El personal de
la Adjudicataria deberá permanecer en los lugares de trabajo
indicados, no permitiéndose el tránsito y/o ingreso a otras
dependencias, salvo estrictas razones de servicio.
Si las tareas a realizar así lo exigieran deberá solicitar la
autorización pertinente de la Secretaría Administrativa de la H. Cámara. 10 - RESPONSABILIDAD
SOBRE DAÑOS: 10.1 La
adjudicataria será responsable de los daños ocasionados por sus
trabajos y/o agentes en las construcciones o cosas existentes en los
edificios, de propiedad de la H.
Cámara o de terceros, fijas o móviles, y estará obligada a reparar
o reemplazar por completo y a su costa, según se le indique, todo
elemento o parte de él, que por causa de su intervención fuera
afectado. 10.2 Las
reparaciones o reposiciones deberán efectuarse dentro de los plazos
que determine la H. Cámara en cada oportunidad. 10.3 Si, en cada
caso, la adjudicataria deseara formular algún descargo al respecto,
deberá dejar expresa constancia de esta situación en la respectiva
Orden de Servicio al notificarse del hecho.
En este caso, el plazo comunicado podrá ser reconsiderado por
la H. Cámara. Dicho descargo no será aceptado si se realizara con
posterioridad al plazo otorgado o si la empresa expresara, en
principio, su conformidad en la respectiva comunicación. 10.4 Vencido el
plazo, la H. Cámara procederá con cargo a la adjudicataria a
efectuar la reparación y/o reposición, ya sea con materiales y mano
de obra propios o a contratar con terceros, según ello mejor responda
a sus intereses; efectuándose además un recargo del 10% en concepto
de gastos administrativos, el que será deducido de las respectivas
facturas. Igual temperamento se adoptará cuando las reposiciones o
reparaciones efectuadas por la empresa no conformaran a la H. Cámara.
Esta Institución tendrá, también, la facultad de reponer o reparar
cualquier elemento de su propiedad que resultara dañado por la
Adjudicataria, cuando se trate de elementos o trabajos especiales o
cuando se requiera urgencia en su provisión o reparación 10.5 Asimismo, la
responsabilidad de la adjudicataria alcanzará a los accidentes que
ocurran, en razón de los trabajos contratados, a sus obreros,
propiedades o terceras personas, ya sea por su culpa directa, por acción
de los elementos o por causas eventuales y estará a su cargo la
reparación y/o indemnización del daño producido. 11- RESPONSABILIDAD
DE LA CONCESIONARIA: 11.1 La
Adjudicataria se compromete a tomar a su cargo el servicio contratado
en forma incondicional, aceptando la atención de las unidades en el
estado en que se encuentren. 11.2 Toda actividad
que se realice con miras o propósitos de encubrir vicios,
deficiencias o irregularidades en la prestación del servicio, sin
perjuicio de las medidas punitorias que pudieran corresponder, será
observada mediante orden de servicio o telegrama colacionado, según
su gravedad o urgencia, debiendo subsanar la deficiencia en un plazo
que no excederá las 24 horas. En
caso contrario, la H. Cámara quedará facultada, sin previo aviso,
para hacer reparar por terceros lo que la adjudicataria no enmendara,
haciéndole cargo del monto erogado. 11.3 La atención
deberá ser permanente durante la vigencia del contrato, no admitiéndose
interrupción alguna por vacaciones u otras causas. 12 - OBLIGACIONES DE
LA ADJUDICATARIA CON SU PERSONAL: 12.1 Está obligada
al cumplimiento de todas las disposiciones vigentes y las que se
dicten en el futuro en materia laboral y de seguridad social. 12.2 Dentro de tal
concepto la adjudicataria tendrá la obligación de presentar una vez
al año y la H. Cámara
podrá requerir en cualquier oportunidad la presentación de una
declaración jurada, certificada por Contador Público, en donde
conste el estado de las obligaciones laborales, legales y
previsionales, las fechas y montos de los pertinentes depósitos
efectivamente ingresados y la constancia de que en ellos están
incluidos los empleados de la Adjudicataria que cumplen tareas en esta
H. Cámara, como también lo correspondiente a las remuneraciones
abonadas a los mismos. La
firma del certificante deberá estar legalizada por el Consejo
Profesional de Ciencias Económicas. 12.3 Asimismo la H.
Cámara, en la oportunidad que juzgue conveniente, podrá exigir a la
Adjudicataria la presentación de copias certificadas de la
documentación complementaria que respalde lo consignado en el párrafo
anterior. 12.4 La fiscalización
que al respecto podrá practicar la H. Cámara se hará extensiva a
los registros contables que deba llevar la empresa sin limitación
alguna. 12.5 La documentación
deberá presentarse dentro de los 15 (quince) días de requerida.
El incumplimiento reiterado de la presentación que se recabe
dará lugar a la rescisión del contrato, sin perjuicio de denunciar
ante los organismos de control las anomalías que se registren, de
conformidad con lo establecido en la Ley 23.771 - Régimen Penal
Tributario. 13 - SEGUROS: 13.1 Antes del comienzo de los trabajos, la
Adjudicataria deberá acreditar, mediante la entrega de las pólizas o
sus copias legalizadas, que ha contratado seguros con compañías de
plaza de reconocida responsabilidad a satisfacción de esta institución
contra riesgos de daños a terceros, el cual deberá cubrir en todos
los casos la incapacidad total y/o parcial, temporal y/o permanente y
aún la muerte por dichas causas, de terceros y por daños o destrucción
total y/o parcial en efectos y/o bienes de propiedad de éstos, entre
los que se incluyen daños a la H. Cámara, cualquiera fuera la
naturaleza de los mismos. Al finalizar el período
de vigencia de dichas pólizas, la Adjudicataria, deberá presentar la
renovación de las mismas. 13.2
Asimismo,
la Adjudicataria deberá remitir también a esta Institución copia
autenticada de las pólizas que acrediten su afiliación a una
Aseguradora de Riesgo del Trabajo, con arreglo a lo previsto en la ley
N° 24.557 y su Decreto Reglamentario N° 170/96 y modificatorio N°
334/96. (Con constancia de cobertura de todo su personal, indicando el
nombre y apellido, y numero de CUIL de cada uno. 13.3
Bajo
apercibimiento quedará la H. Cámara facultada a rescindir el
contrato por culpa de la Adjudicataria. SIN EL CUMPLIMIENTO
DE ESTOS REQUISITOS NO SE PERMITIRA EL INICIO O LA CONTINUIDAD DE LAS
ACTIVIDADES. 14 - SUPERVISION: 14.1 La Supervisión
por la prestación del servicio estará a cargo del personal de la
Secretaría Administrativa y de sus respectivas Direcciones específicas
para cada cuestión en particular. CONDICIONES PARTICULARES Art. 1° -
REQUISITOS A CUMPLIR POR LA OFERENTE: Requisitos legales
Para sociedades: Las
sociedades deberán presentar, fotocopia autenticada del contrato
social y estatuto con sus modificaciones, si las tuviere, y con las
constancias de su inscripción en el registro correspondiente. La vigencia del contrato y estatuto deberá exceder el
período de la contratación. El
objeto social deberá contemplar con precisión la viabilidad de
prestaciones como las licitadas. Nómina actual de
los miembros de los órganos de gobierno, administración y
fiscalización, si correspondiera, de la sociedad, consignando sus
nombres y apellidos completos, nacionalidad y cargos que ocupan,
debiendo adjuntar copia autenticada del acta en la cual constan sus
designaciones. - Requisitos
contables. La oferente deberá
presentar copia del último balance, certificada por Contador Público
Nacional, legalizada la firma de éste por el Consejo Profesional de
Ciencias Económicas, con informe de auditoria externa según
corresponda. Art. 2°-
REFERENCIAS: La oferente deberá
presentar certificados extendidos por las instituciones bancarias con
las que opera, donde conste tipo y número de cuenta y todo otro dato
de interés. Art. 3° -
ANTECEDENTES:
Los oferentes deberán presentar Certificado de Libre Deuda de
las Empresas de Control
de Créditos. (ejemplo Veraz). Art. 4°-
VERIFICACION PREVIA: Las empresas, antes
de formular su propuesta, deberán concurrir a la H. Cámara con el
objeto de verificar el lugar y demás características del servicio
requerido, pudiendo presentarse a tal efecto ante la Dirección
General Administrativa Contable , Rivadavia 1864, Planta Baja ,
oficina N° 01, hasta el día hábil anterior a la fecha de apertura
de sobres, en horario de 12 a 16 horas. Al finalizar la
visita de inspección, la concurrente recibirá un duplicado del
respectivo comprobante de asistencia, el que deberá ser presentado
junto con su propuesta. La falta de presentación de este comprobante
significará la no consideración de la oferta que se trate. Art. 5° FORMA DE
COTIZAR - ADJUDICACION: La propuesta deberá
efectuarse en base a las planillas de los Anexos C, D, E y F,
indicando, asimismo, lo más ampliamente posible detalles de los
menues del día , del salón de autoservicio y del comedor de
legisladores según sus modalidades, consignandose el precio final de
los menues del día, del salón de autoservicio y del comedor de
legisladores según sus modalidades . Deberá observarse
al efecto que los precios que se oferten no podrán ser modificados
durante el transcurso de la concesión, salvo por hechos
sobrevinientes de carácter general, circunstancia que deberá
acreditarse en cada caso y contar con la previa autorización de la H.
Cámara, no entendiéndose como tales las variaciones estacionales en
el precio de los alimentos. La adjudicación será
indivisa y recaerá en la propuesta de mayor conveniencia a juicio de
esta H. Cámara. Se evaluarán las referencias presentadas, tanto la
de las instituciones bancarias con las que opera, como la que acredite
su experiencia en la prestación del servicio solicitado, el precio y
la calidad de las mercaderías a expender, las mejoras
propuestas y demás características de los servicios ofertados. Consecuentemente,
salvo que se tratara de aspectos vinculados con anomalías y/o
irregularidades en el trámite de la presente licitación, no se
admitirán acciones de reconsideración respecto de la decisión que
en definitiva adopte esta Institución. Art.
6º - Fijase
el canon a abonar por la adjudicataria en $ 3.000 ( pesos tres mil
) mensuales, pudiéndose ajustar de común acuerdo. Art.
7° - MANTENIMIENTO DE LAS OFERTAS: Los oferentes se
obligan a mantener el plazo de validez de sus presentaciones por el término
de 30 (treinta) días hábiles. Art. 8°- GARANTIAS
DE OFERTA Y ADJUDICACION: A efectos de
constituir las garantías de oferta y adjudicación, en su caso, se
establece convencionalmente una base de cálculo de $ 48.000,00
(cuarenta y ocho mil pesos). En consecuencia, a fin de afianzar el
cumplimiento de las obligaciones que se asumen, las oferentes deberán
garantizar sus propuestas con la suma de $ 2.400,00.- (Dos mil
cuatrocientos ). Por su parte, quien resulte concesionario del
servicio deberá constituir una garantía de adjudicación por $
7.200,00.- ( Siete mil doscientos pesos). Las mismas podrán
constituirse en alguna de las modalidades establecidas en el Art. 5°
de las Cláusulas Generales. La garantía de
adjudicación será restituida una vez cumplidas todas las
obligaciones emergentes del presente contrato. La oferta que no
fuera debidamente garantizada NO SERA CONSIDERADA. Art. 9° -
CONSULTAS: Podrán efectuarse
en la Dirección General Administrativo Contable, los días lunes a
viernes de 11:00 a 18:00
horas. Art. 10° - ORDENES
DE SERVICIO:
Todo tipo de incumplimiento será comunicado a la Adjudicataria
mediante orden de servicio, excepto que las faltas observadas sean
solucionadas inmediatamente y siempre que ello no afecte el normal
desarrollo del servicio.
Las
órdenes de servicio que la H. Cámara imparta durante la vigencia del
contrato, deberán ser firmadas por la Adjudicataria o su
representante dentro de las 24 horas del requerimiento.
Aún cuando ésta observe que una Orden de Servicio excede los
términos del contrato, deberá notificarse de ella sin perjuicio de
presentar a la H. Cámara en el plazo de 24 horas, un reclamo claro y
terminante, fundamentando detalladamente las razones que le asisten
para no cumplimentar dicha orden. Transcurrido ese plazo sin haber
presentado la observación correspondiente, quedará obligada a
cumplirla de inmediato y sin reclamación posterior por los trabajos
que se le indicaran. Las observaciones
de la Adjudicataria que se opongan a cualquier orden de servicio no la
eximirán de la obligación de cumplirla si la misma fuera reiterada,
pudiendo la H. Cámara mandar a ejecutar en cualquier momento y a su
costa los trabajos ordenados, deduciendo su importe de los pagos que
se le adeudarán o en su defecto, del depósito de garantía
constituido. Art. 11° -
MANTENIMIENTO DE LA CALIDAD: Durante todo el período
de vigencia de la concesión, la calidad del servicio y provisión de
productos deberá mantenerse inalterable. La pérdida de
calidad, cuya evaluación quedará exclusivamente a cargo de la H. Cámara,
podrá dar lugar a la anulación del contrato, previa intimación
fehaciente por Orden de Servicio. Art. 12° -
PENALIDADES:
" Establecese
para esta licitación las sanciones que corresponde aplicar a la
adjudicataria consistentes en multas a favor de la H. Cámara, que a continuación se detallan. a) PENALIDADES. l. Pérdida de la garantía
de mantenimiento de la oferta o de cumplimiento del contrato. 2. Multa por
mora en el cumplimiento de sus obligaciones. 3. Rescisión
por su culpa. b) SANCIONES. Sin perjuicio de las correspondientes
penalidades los oferentes o co-contratantes podrán
ser pasibles de las siguientes penalidades y/o sanciones, en los
supuestos de incumplimiento de sus obligaciones: l. Apercibimiento. 2. Suspensión. 3. Inhabilitación. Art. 13° -
CANCELACION DEL CONTRATO: 13.1 La
H. Cámara, ante eventuales variaciones de las necesidades en
este tipo de servicio por razones de índole institucional, se reserva
el derecho de rescindir
total o parcialmente el contrato durante su vigencia, previa
comunicación con una antelación no menor de 90 días, sin que medie
derecho alguno por parte de la Adjudicataria. La rescisión por
oportunidad merito y conveniencia no generará indemnización por
lucro cesante. Y en caso de la
rescisión con culpa del contratista no genera indemnización alguna a
favor del contratista. 13.2
Ante la falta de cumplimiento reiterado de instrucciones dadas
por la Inspección de la Administración de la H. Cámara de Diputados
de la Nación, ya sea por lo indicado en el art. 12
o por la no presentación de documentación solicitada, traerá
aparejada la aplicación de apercibimientos y/o multas
correspondientes. Se aceptaránn TRES (3) apercibimientos, después de
los cuales se aplicarán sanciones pacibles de multas del orden del
TRES POR CIENTO (3%) del monto de la garantía contractual, por
cada día de incumplimiento de la orden, el máximo de multas serán
de TRES (3) en el mes de servicio, pasado este límite, la H.Camara de
Diputados de la Nación podrá proceder
a la rescisión del contrato. Art. 14° -
PUBLICIDAD: Si la Adjudicataria
quisiera efectuar algún tipo de publicidad, en cualquier medio de
difusión, invocando el nombre de la
H. Cámara de
Diputados de la Nación, previamente deberá solicitar la autorización
pertinente. -
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - El
abajo firmante manifiesta en carácter de declaración jurada que la
oferente, cuyos datos se detallen a continuación, no registra deudas
impositivas o provisionales exigibles por la Administración Federal
de Ingresos Públicos. Nombre de la Empresa: Domicilio Fiscal: Número de C. U. I.
T. Agencia :
Domicilio de la Agencia. Copia de la respectiva solicitud de
emisión. En
caso de sociedades, se deberá adjuntar copia del poder o acta de
designación del firmante. DOMICILIO
ESPECIAL: domicilio especial
en Capital Federal, aceptando someterse en caso
de controversia a la jurisdicción de los Tribunales de la Capital
Federal, haciendo renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que
pudiera corresponderse. IDENTIFICACION
DEL FIRMANTE DE LA PROPUESTA: * Nombre y apellido: * Tipo y número de documento de
identidad * Carácter invocado: PERSONAS
AUTORIZADAS A RETIRAR GARANTIAS CONSTITUIDAS EN
EFECTIVO O CHEQUE: - Nombre y Apellido: - tipo y número de documento: LA FALTA DE INTEGRACION DE DATOS O LA OMISION DE
REMITIR LAS CONSTANCIAS REQUERIDAS EN LA PRESENTE HOJA FACULTARA A LA
H. CAMARA PARA NO CONSIDERAR LA PROPUESTA. INICIACIÓN DE LA
PRESTACIÓN (*): DENTRO
DE LOS 20 DIAS CORRIDOS, CONTADOS A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO. ADQUISICIÓN DEL
PLIEGO: EN
EL DEPARTAMENTO TESORERÍA, LOS DÍAS HÁBILES EN EL HORARIO DE 12 A
18 HS. SITO EN LA AVENIDA RIVADAVIA 1864 P.B. CAPITAL FEDERAL.
mrd NO
COTIZAR EN ESTE FORMULARIO
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