PEDIDO DE PRESUPUESTO

                                                      

PROVEEDOR

                        

DIRECCION 

                        

            DIRECCION DE CONTADURIA

                      Y ADMINISTRACION        

                     DEPARTAMENTO COMPRAS

                   RIVADAVIA 1864  TE: 6313-6009                                  

 

LICITACION

EXPEDIENTE N°

VALIDEZ DE OFERTA : 30 DIAS.

Publica

X

 

75.056/05

PLAZO DE ENTREGA : (*)

Privada

 

 

          

PROV. DEL ESTADO N°:     EN CASO DE ESTAR

Cont. Directa

 

    

 

                                  INSCRIPTO ENVIAR FOTOCOPIA

 

                           Sírvase cotizar precio por el suministro que se indica a continuación de acuerdo con las especificaciones que se detallan.

                            Las cláusulas generales y formulario de Declaración Jurada que se acompañan forman parte integrante del presente Pliego de Bases y Condiciones

  VALOR DEL PLIEGO :   $1.000.-                                                              Saluda a Ud. muy Atte.                                                             

APERTURA DE LAS PROPUESTAS

 

FECHA

HORA

 

 

 

                                                                      .......................................................

 

Renglón

ESPECIFICACIONES

1

LLAMESE A LICITACION PUBLICA  POR LA CONCESIÓN Y EXPLOTACION COMERCIAL DEL SERVICIO DE COMEDOR, DE AUTOSERVICIO, BUFFET Y DE LUNCH,  ( POR EL PLAZO DE DOS AÑOS) UBICADO EN EL EDIFICIO ANEXO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION.

 

ESPECIFICACIONES

 

1 - OBJETO DE LA CONTRATACION:

 

La Honorable Cámara de Diputados de la Nación otorgará en concesión por el plazo de dos (2) años, a contar desde la fecha de la firma del contrato correspondiente,  la explotación comercial del servicio de comedor , de autoservicio y de lunch, ubicado en el 5° Piso del Edificio Dr. Juan Carlos Pugliese sito en la intersección de Avenida Rivadavia y Calle Riobamba.

 El mismo podrá ser renovado automáticamente de común acuerdo entre la Adjudicataria y la H. Cámara de Diputados de la Nación, por  dos  (2)  año, mediante notificación fehaciente efectuada a la Adjudicataria, en adelante la “EMPRESA”, con una anticipación no inferior a CUARENTA Y CINCO (45) días al vencimiento de cada período.  De no existir dicha comunicación se entenderá que el contrato no será renovado.

 

También forma parte del presente llamado los anexos correspondientes a menúes, planillas de antecedentes y de manifestación de bienes, que adjuntarán los oferentes.

 

2 - CARACTERISTICAS DE LOS SERVICIOS:

 

Sin perjuicio de quedar librada a la Adjudicataria la posibilidad de brindar distintos tipos de comida y especialidades propias de la actividad, éstos deberán ser de primera calidad. Los servicios deberán propender a proporcionar una variedad y cantidad de platos, porciones y productos adecuados, como mínimo a los consignados en los Anexos "A" y "B" que forman parte del presente pliego de condiciones.

 

2.1 Comedor: destinado a los señores legisladores, periodistas acreditados en la Cámara, funcionarios categoría 1, 2, 3 y empleados que cuenten con la autorización de la Casa.

 

  2.2 Autoservicio: destinado al personal empleado por el organismo y visitantes autorizados. (Menúes económicos)

 

2.3 Lunch: destinado a los Sres.  Legisladores y al personal en general y se prestará en los lugares de trabajo en el siguiente horario : de 10:00 a 19:00 horas.

 

2.4 Buffet: destinado a los Sres.  Legisladores y se prestará en el Salón de Conferencias del Palacio, los días de sesiones.             

A estos fines deberá contemplarse, como mínimo, el ofrecimiento de los productos consignados en el Anexo "B". Los elementos que acompañen a la mercadería que se ofrezca, deberán posibilitar su consumo en las mejores condiciones de higiene y comodidad.

 

               2.5 Comidas Protocolares: Presidencia, Secretarías, Sres. Legisladores y otras que autorice el Organismo.

 

               2.6 Vinos: Los vinos y demás bebidas alcohólicas, podrán tener un precio no superior al 30% del importe mayorista y reconocido en plaza, se deberá ofrecer una carta donde se incluyan distintos tipos de variedades.

 

 3 - CAPACIDAD DE LAS INSTALACIONES Y HORARIO DE LOS SERVICIOS:

 

3.1    En el Salón de Autoservicio

El servicio consistirá únicamente en almuerzo, y el horario en este recinto con una capacidad que posibilita la atención simultánea aproximadamente de 250 (doscientos cincuenta) comensales sentados y estará comprendido entre las 11:45 y las 16:00 horas.

La Adjudicataria podrá ampliar la capacidad de comensales a atender simultáneamente, para lo cual, deberá agregar, a su cargo, las mesas y sillas necesarias, con previa autorización de la H. Cámara.

Se deberá establecer un precio fijo por el menú del día.

Teniendo en cuenta que el personal usuario del servicio goza para el almuerzo de una franquicia de 45 (cuarenta y cinco) minutos, quedará a cargo de  la Adjudicataria y será de su exclusiva responsabilidad todos los aspectos inherentes a la programación de la operatoria y desarrollo de la prestación del servicio en este Salón, el que se ajustará a la conformación y ubicación de las instalaciones existentes.

 

3.2 En los lugares de trabajo

3.2.1El servicio de Lunch en los lugares de trabajo deberá prever la, atención del personal en cumplimiento de sus tareas, ante sus requerimientos.

      A estos fines deberá contemplarse, como mínimo, el ofrecimiento de        los productos consignados en el anexo "B".  Los elementos que   acompañen a la mercadería que se ofrezca, deberán posibilitar su   consumo en las mejores condiciones de higiene y comodidad. (merienda, sandwichería,  ensaladas varias, tartas, empanadas, tortas, masas, facturas, pasteles etc).

 

3.2.2 Respecto de lo previsto en el punto anterior, si la H. Cámara lo dispone, los servicios a prestar podrán coexistir con máquinas expendedoras automáticas de bebidas frías y calientes y alimentos envasados, ubicadas en distintos edificios y pisos.

 

3.3   Comedor de legisladores:

     

            Consiste en ofrecer a los Legisladores un servicio de almuerzo y/o cena             

            especial con cargo a los mismos, el cual se ajustará a la siguiente  

            descripción:

 

3.3.1 Cantidad de Comensales: Se estima entre 180 y 260 personas por día hábil, contabilizando ambos turnos.

 

3.3.2 Horario: Se establecerán 2 turnos de atención, uno de 12:00 a 16:00 hs, y otro de 20:30 a 24 hs.

 

La Adjudicataria deberá atender pedidos especiales por razones dietéticas, pudiendo agregar otros menúes a su voluntad, deberá contar con personal profesional para éstas comidas.

Se deberá establecer un precio fijo por el menú del día, ofreciendo

además una carta, donde constarán las distintas alternativas de entradas, platos principales y postres, cada una con su respectivo precio.

 

3.3.3 Bebidas: Los oferentes incluirán en el menú 1 (una) botella individual de agua mineral o gaseosa, a elección del comensal.

 

  3.3.4 Menúes: El menú del día estará compuesto por una entrada fría, un plato principal y un postre. Deberá contar, diariamente, por lo menos con uno de diez menúes básicos que se seleccionen. 

       Dichos menús no deberán repetirse como mínimo en el término de una semana (menú tipo).

        No se servirá café ni te.

 

3.4 Servicio de buffet

Durante las sesiones ordinarias y extraordinarias que realice la H. Cámara, la Secretaría Administrativa, podrá solicitar el servicio de buffet durante el tiempo que demanden las mismas, en el Salón de Conferencias, se tomará en cuenta días hábiles, sábados y domingos cuando correspondan. 

 

3.4.1 Buffet:   variedad de Sandwich, ensaladas, tartas, empanadas, tortas, masas, facturas, ensaladas  de frutas, gaseosa, agua mineral,  jugos, etc.

3.4.2  La Empresa deberá colocar por escrito en el hall donde se retiran los menúes (Autoservicio), el listado por dos (2) semanas de los platos ofrecido durante ese lapso.

 

4 - LOCALES, INSTALACIONES Y EQUIPAMIENTO:

 

4.1    La H.  Cámara entregará a la Adjudicataria los locales salones, cocinas, offices, con sus respectivas instalaciones de luz, gas, agua y los equipamientos empotrados a las instalaciones.  Por otra parte también le facilitará los elementos propios de la actividad con que cuenta actualmente, en su estado actual mediante acta de inventario, los cuales deberán ser devueltos al finalizar la contratación en estado normal de uso, salvo los desgastes producidos por el uso y el transcurso del tiempo. Estará a cargo de la adjudicataria toda reposición de elementos que sean necesarios realizar, para la correcta atención del servicio que se trata.

Dichas mejoras quedarán al término del contrato, a favor de la H. Cámara, no pudiendo alegar la Adjudicataria derecho alguno sobre el particular, sin poder reclamar indemnización ni contraprestación por tal motivo.

 

4.2  La Adjudicataria podrá incorporar máquinas y/o equipos de su propiedad a fin de optimizar la prestación de los servicios. Cumplido el plazo de la concesión  podrá retirarlos.

El ingreso de los elementos deberán ser registrados mediante Actas.

La H. Cámara podrá requerir a la empresa el reemplazo de cualquier elemento de propiedad de aquella que, a su solo juicio no observe las condiciones de calidad, higiene y/o conservación apropiada para ésta clase de servicio. Como así también la decisión de si se ajustan o no dicho objetivo.

Será facultad de la H. Cámara decidir si se ajustan o no a dicho objetivo.

 

4.3 Quedará a exclusiva cuenta de la Adjudicataria la provisión de vajilla y mantelería para la atención de los distintos servicios. Todos los elementos de estos rubros deberán mantener uniformidad en modelos, calidad y tamaños y ser adecuados para cada uso y lugar.  La empresa que resulte adjudicataria deberá presentar las muestras respectivas antes del inicio de sus actividades, dependiendo exclusivamente de ésta H. Cámara la conformidad de las mismas.

 

4.4 Los oferentes deberán presentar un proyecto de las mejoras a realizar en los salones correspondientes a la concesión, indicado plazo mínimo  de ejecución de los mismos.

 

4.5  Fuera de los horarios de cumplimiento de servicios en los salones comedores por parte de la Adjudicataria, la H. Cámara podrá ante situaciones eventuales utilizar las instalaciones.  Esta arbitrará los controles que estime necesarios respecto de los elementos de su propiedad.  Se tratará de comunicar esas contingencias con la mayor antelación posible.  En tales eventos, la    H. Cámara podrá optar entre los servicios que brinda la Adjudicataria o contratar con terceros sin que por ello la empresa tenga derecho a reclamo o indemnización alguna.

 

5 - ELABORACION DE LAS COMIDAS Y CONTROL DE LOS PRODUCTOS:

 

5.1 Los platos que conformen los distintos menúes y otros alimentos comestibles, deberán ser elaborados en este ámbito, utilizándose las instalaciones facilitadas por esta Institución.

 

5.2 La H.  Cámara podrá, toda vez que lo estime conveniente, comprobar el estado de los productos que se expendan, así como retirar muestra de ellos para someterlos a análisis bromatológicos, sin perjuicio de toda otra verificación que resuelva sobre los mismos.

 

5.3 Sin perjuicio de ello, la Adjudicataria será civil y penalmente responsable en todo momento por la comercialización de alimentos (sólidos ó líquidos), de plazo vencido y/o en estado no apto para el consumo.

 

 

6 - PAGO DE LAS CONSUMICIONES:

 

6.1 Toda consumición que efectúe el personal, tanto en el Salón de  Autoservicio o en sus lugares de trabajo, será abonada por éste en forma inmediata, no siendo de responsabilidad de la H. Cámara los eventuales litigios que pudieran producirse derivados de situaciones vinculadas con la adopción de otras modalidades no autorizadas.

 

6.2 Las correspondientes al Comedor de Legisladores serán abonadas al contado o en su defecto a mes vencido del 10 al 15 del mes posterior al de la prestación.  A tales efectos la empresa Adjudicataria deberá solicitar a cada legislador o funcionario, previamente autorizado, la firma de la adición y presentarla a la Dirección General Administrativo Contable en forma quincenal y/o mensual para ser descontada en planilla de haberes.

 

7 - LIMPIEZA, MANTENIMIENTO Y DESINFECCION DE LOS LOCALES E INSTALACIONES QUE OCUPE LA ADJUDICATARIA:

 

7.1    Tendrá a su cargo la limpieza integral y mantenimiento de todas las áreas afectadas a los servicios con todo su mobiliario, pisos, paredes, vidrios, artefactos de iluminación, cielorrasos en general y todo tipo de maquinarias y otros elementos internos y externos e instalaciones

actuales y futuras, etc.  Asimismo, durante el funcionamiento del servicio y en todos los turnos, se deberá mantener en perfecto estado de limpieza todo el comedor (mesas, sillas, pisos, mesadas, etc.). También estarán a cargo de la limpieza de los baños para hombres y mujeres, ubicados a ambos lados de los ascensores.

Queda prohibida por parte de la Adjudicataria, ceder o subcontratar el cumplimiento de estas obligaciones o tercerizarlos de modo alguno.

 

7.2    Dará estricto cumplimiento además a lo establecido en la Ley N° 19.587 (de Higiene y Seguridad en el Trabajo), su Decreto Reglamentario N° 351/79 y Resoluciones N° 444/91 y  N° 593/95, y el Decreto N° 1338/96.  A tal fin, coordinará con la Secretaría Administrativa, los mecanismos necesarios al  tal efecto.

 

7.3  También tendrá a su cargo la desinfección, desratización y desinsectización de los mencionados sectores que deberá realizar con una frecuencia mínima de una vez por mes, presentando la respectiva certificación.  No obstante la H. Cámara podrá requerir mayor frecuencia cuando las circunstancias así lo requieran.

 

8 - PERSONAL DE LA ADJUDICATARIA:

 

8.1  Deberá afectar el personal necesario y suficiente para un ágil, correcto y normal desarrollo de los servicios (cocineros, ayudantes, mozos, etc.), debiendo éste poseer buena presencia, trato y conducta intachable y ser idóneo en las tareas a las que está destinado. Deberá incrementar su dotación a pedido de la H. Cámara cuando razones fundamentadas y/o justificadas así lo requieran.

 

8.2  La dotación deberá ajustarse a las normas internas vigentes para las personas ajenas a la H. Cámara, debiendo la Adjudicataria proporcionar antes del inicio de su actividad una nómina de aquélla detallando tipo y número del documento de identidad, fecha de nacimiento y domicilio, la que deberá ser actualizada con suficiente anticipación en caso de reemplazos y/o ampliaciones.

 

8.3  Procederá al inmediato reemplazo de aquel personal que por cualquier motivo incurriera en faltas a juicio de la H. Cámara y a su sola indicación.  Las eventuales consecuencias de orden laboral que ello pudiera ocasionar serán de exclusiva incumbencia de la Adjudicataria.

 

8.4 El personal deberá estar correctamente uniformado.  La ropa no lucirá inscripción publicitaria alguna, no obstante podrá estar individualizado con el nombre de la empresa exhibido en el lado izquierdo superior de la prenda que corresponda.                                                                          Esta vestimenta deberá ser provista por el Adjudicatario a su cargo.

 

9 - PROHIBICIONES AL PERSONAL:

 

9.1 El personal de la Adjudicataria deberá permanecer en los lugares de trabajo indicados, no permitiéndose el tránsito y/o ingreso a otras dependencias, salvo estrictas razones de servicio.  Si las tareas a realizar así lo exigieran deberá solicitar la autorización pertinente de la Secretaría Administrativa de la H. Cámara.

 

10 - RESPONSABILIDAD SOBRE DAÑOS:

 

10.1 La adjudicataria será responsable de los daños ocasionados por sus trabajos y/o agentes en las construcciones o cosas existentes en los edificios, de propiedad de la  H. Cámara o de terceros, fijas o móviles, y estará obligada a reparar o reemplazar por completo y a su costa, según se le indique, todo elemento o parte de él, que por causa de su intervención fuera afectado.

 

10.2 Las reparaciones o reposiciones deberán efectuarse dentro de los plazos que determine la H. Cámara en cada oportunidad.

 

10.3 Si, en cada caso, la adjudicataria deseara formular algún descargo al respecto, deberá dejar expresa constancia de esta situación en la respectiva Orden de Servicio al notificarse del hecho.  En este caso, el plazo comunicado podrá ser reconsiderado por la  H. Cámara.  Dicho descargo no será aceptado si se realizara con posterioridad al plazo otorgado o si la empresa expresara, en principio, su conformidad en la respectiva comunicación.

 

10.4 Vencido el plazo, la H. Cámara procederá con cargo a la adjudicataria a efectuar la reparación y/o reposición, ya sea con materiales y mano de obra propios o a contratar con terceros, según ello mejor responda a sus intereses; efectuándose además un recargo del 10% en concepto de gastos administrativos, el que será deducido de las respectivas facturas. Igual temperamento se adoptará cuando las reposiciones o reparaciones efectuadas por la empresa no conformaran a la H. Cámara. Esta Institución tendrá, también, la facultad de reponer o reparar cualquier elemento de su propiedad que resultara dañado por la Adjudicataria, cuando se trate de elementos o trabajos especiales o cuando se requiera urgencia en su provisión o reparación

 

10.5 Asimismo, la responsabilidad de la adjudicataria alcanzará a los accidentes que ocurran, en razón de los trabajos contratados, a sus obreros, propiedades o terceras personas, ya sea por su culpa directa, por acción de los elementos o por causas eventuales y estará a su cargo la reparación y/o indemnización del daño producido.

 

11- RESPONSABILIDAD DE LA CONCESIONARIA:

 

11.1 La Adjudicataria se compromete a tomar a su cargo el servicio contratado en forma incondicional, aceptando la atención de las unidades en el estado en que se encuentren.

 

11.2 Toda actividad que se realice con miras o propósitos de encubrir vicios, deficiencias o irregularidades en la prestación del servicio, sin perjuicio de las medidas punitorias que pudieran corresponder, será observada mediante orden de servicio o telegrama colacionado, según su gravedad o urgencia, debiendo subsanar la deficiencia en un plazo que no excederá las 24 horas.  En caso contrario, la H. Cámara quedará facultada, sin previo aviso, para hacer reparar por terceros lo que la adjudicataria no enmendara, haciéndole cargo del monto erogado.

 

11.3 La atención deberá ser permanente durante la vigencia del contrato, no admitiéndose interrupción alguna por vacaciones u otras causas.

 

12 - OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA CON SU PERSONAL:

 

12.1 Está obligada al cumplimiento de todas las disposiciones vigentes y las que se dicten en el futuro en materia laboral y de seguridad social.

 

12.2 Dentro de tal concepto la adjudicataria tendrá la obligación de presentar una vez al año y la  H. Cámara podrá requerir en cualquier oportunidad la presentación de una declaración jurada, certificada por Contador Público, en donde conste el estado de las obligaciones laborales, legales y previsionales, las fechas y montos de los pertinentes depósitos efectivamente ingresados y la constancia de que en ellos están incluidos los empleados de la Adjudicataria que cumplen tareas en esta H. Cámara, como también lo correspondiente a las remuneraciones abonadas a los mismos.  La firma del certificante deberá estar legalizada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.

 

12.3 Asimismo la H. Cámara, en la oportunidad que juzgue conveniente, podrá exigir a la Adjudicataria la presentación de copias certificadas de la documentación complementaria que respalde lo consignado en el párrafo anterior.

 

12.4 La fiscalización que al respecto podrá practicar la H. Cámara se hará extensiva a los registros contables que deba llevar la empresa sin limitación alguna.

 

12.5 La documentación deberá presentarse dentro de los 15 (quince) días de requerida.  El incumplimiento reiterado de la presentación que se recabe dará lugar a la rescisión del contrato, sin perjuicio de denunciar ante los organismos de control las anomalías que se registren, de conformidad con lo establecido en la Ley 23.771 - Régimen Penal Tributario.

 

13 - SEGUROS:

 

    13.1 Antes del comienzo de los trabajos, la Adjudicataria deberá acreditar, mediante la entrega de las pólizas o sus copias legalizadas, que ha contratado seguros con compañías de plaza de reconocida responsabilidad a satisfacción de esta institución contra riesgos de daños a terceros, el cual deberá cubrir en todos los casos la incapacidad total y/o parcial, temporal y/o permanente y aún la muerte por dichas causas, de terceros y por daños o destrucción total y/o parcial en efectos y/o bienes de propiedad de éstos, entre los que se incluyen daños a la H. Cámara, cualquiera fuera la naturaleza de los mismos.

Al finalizar el período de vigencia de dichas pólizas, la Adjudicataria, deberá presentar la renovación de las mismas.

 

13.2  Asimismo, la Adjudicataria deberá remitir también a esta Institución copia autenticada de las pólizas que acrediten su afiliación a una Aseguradora de Riesgo del Trabajo, con arreglo a lo previsto en la ley N° 24.557 y su Decreto Reglamentario N° 170/96 y modificatorio N° 334/96. (Con constancia de cobertura de todo su personal, indicando el nombre y apellido, y numero de CUIL de cada uno.

13.3  Bajo apercibimiento quedará la H. Cámara facultada a rescindir el contrato por culpa de la Adjudicataria.

 

SIN EL CUMPLIMIENTO DE ESTOS REQUISITOS NO SE PERMITIRA EL INICIO O LA CONTINUIDAD DE LAS ACTIVIDADES.

 

14 - SUPERVISION:

 

14.1 La Supervisión por la prestación del servicio estará a cargo del personal de la Secretaría Administrativa y de sus respectivas Direcciones específicas para cada cuestión en particular.

 

CONDICIONES PARTICULARES

 

Art. 1° - REQUISITOS A CUMPLIR POR LA OFERENTE:

 

Requisitos legales Para sociedades:

 

Las sociedades deberán presentar, fotocopia autenticada del contrato social y estatuto con sus modificaciones, si las tuviere, y con las constancias de su inscripción en el registro correspondiente.  La vigencia del contrato y estatuto deberá exceder el período de la contratación.  El objeto social deberá contemplar con precisión la viabilidad de prestaciones como las licitadas.

 

Nómina actual de los miembros de los órganos de gobierno,

administración y fiscalización, si correspondiera, de la sociedad,

consignando sus nombres y apellidos completos, nacionalidad y

cargos que ocupan, debiendo adjuntar copia autenticada del acta en

la cual constan sus designaciones.

 

- Requisitos contables.

 

La oferente deberá presentar copia del último balance, certificada por Contador Público Nacional, legalizada la firma de éste por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, con informe de auditoria externa según corresponda.

 

Art. 2°- REFERENCIAS:

 

La oferente deberá presentar certificados extendidos por las instituciones bancarias con las que opera, donde conste tipo y número de cuenta y todo otro dato de interés.

 

Art. 3° - ANTECEDENTES:

 

                       Los oferentes deberán presentar Certificado de Libre Deuda de las Empresas  de Control de Créditos. (ejemplo Veraz).

 

Art. 4°- VERIFICACION PREVIA:

 

Las empresas, antes de formular su propuesta, deberán concurrir a la H. Cámara con el objeto de verificar el lugar y demás características del servicio requerido, pudiendo presentarse a tal efecto ante la Dirección General Administrativa Contable , Rivadavia 1864, Planta Baja , oficina N° 01, hasta el día hábil anterior a la fecha de apertura de sobres, en horario de 12 a 16 horas.

Al finalizar la visita de inspección, la concurrente recibirá un duplicado del respectivo comprobante de asistencia, el que deberá ser presentado junto con su propuesta. La falta de presentación de este comprobante significará la no consideración de la oferta que se trate.

 

Art. 5° FORMA DE COTIZAR - ADJUDICACION:

 

La propuesta deberá efectuarse en base a las planillas de los Anexos C, D, E y F, indicando, asimismo, lo más ampliamente posible detalles de los menues del día , del salón de autoservicio y del comedor de legisladores según sus modalidades, consignandose el precio final de los menues del día, del salón de autoservicio y del comedor de legisladores según sus modalidades .

 

Deberá observarse al efecto que los precios que se oferten no podrán ser modificados durante el transcurso de la concesión, salvo por hechos sobrevinientes de carácter general, circunstancia que deberá acreditarse en cada caso y contar con la previa autorización de la H. Cámara, no entendiéndose como tales las variaciones estacionales en el precio de los alimentos.

 

La adjudicación será indivisa y recaerá en la propuesta de mayor conveniencia a juicio de esta H. Cámara. Se evaluarán las referencias presentadas, tanto la de las instituciones bancarias con las que opera, como la que acredite su experiencia en la prestación del servicio solicitado, el precio y la calidad de las mercaderías a expender, las mejoras propuestas y demás características de los servicios ofertados.

 

Consecuentemente, salvo que se tratara de aspectos vinculados con anomalías y/o irregularidades en el trámite de la presente licitación, no se admitirán acciones de reconsideración respecto de la decisión que en definitiva adopte esta Institución.

 

Art. 6º - Fijase el canon a abonar por la adjudicataria en $ 3.000 ( pesos tres mil  ) mensuales, pudiéndose ajustar de común acuerdo.

 

Art. 7° - MANTENIMIENTO DE LAS OFERTAS:

 

Los oferentes se obligan a mantener el plazo de validez de sus presentaciones por el término de 30 (treinta) días hábiles.

 

Art. 8°- GARANTIAS DE OFERTA Y ADJUDICACION:

 

A efectos de constituir las garantías de oferta y adjudicación, en su caso, se establece convencionalmente una base de cálculo de $ 48.000,00 (cuarenta y ocho mil pesos). En consecuencia, a fin de afianzar el cumplimiento de las obligaciones que se asumen, las oferentes deberán garantizar sus propuestas con la suma de $ 2.400,00.- (Dos mil cuatrocientos ). Por su parte, quien resulte concesionario del servicio deberá constituir una garantía de adjudicación por $ 7.200,00.- ( Siete mil doscientos pesos).

 

Las mismas podrán constituirse en alguna de las modalidades establecidas en el Art. 5° de las Cláusulas Generales.

 

La garantía de adjudicación será restituida una vez cumplidas todas las obligaciones emergentes del presente contrato.

 

La oferta que no fuera debidamente garantizada NO SERA CONSIDERADA.

Art. 9° - CONSULTAS:

Podrán efectuarse en la Dirección General Administrativo Contable, los días lunes a viernes  de 11:00 a 18:00 horas.

 

Art. 10° - ORDENES DE SERVICIO:

                     Todo tipo de incumplimiento será comunicado a la Adjudicataria mediante orden de servicio, excepto que las faltas observadas sean solucionadas inmediatamente y siempre que ello no afecte el normal desarrollo del servicio.

 

                     Las órdenes de servicio que la H. Cámara imparta durante la vigencia del contrato, deberán ser firmadas por la Adjudicataria o su representante dentro de las 24 horas del requerimiento.  Aún cuando ésta observe que una Orden de Servicio excede los términos del contrato, deberá notificarse de ella sin perjuicio de presentar a la H. Cámara en el plazo de 24 horas, un reclamo claro y terminante, fundamentando detalladamente las razones que le asisten para no cumplimentar dicha orden. Transcurrido ese plazo sin haber presentado la observación correspondiente, quedará obligada a cumplirla de inmediato y sin reclamación posterior por los trabajos que se le indicaran.

 

Las observaciones de la Adjudicataria que se opongan a cualquier orden de servicio no la eximirán de la obligación de cumplirla si la misma fuera reiterada, pudiendo la H. Cámara mandar a ejecutar en cualquier momento y a su costa los trabajos ordenados, deduciendo su importe de los pagos que se le adeudarán o en su defecto, del depósito de garantía constituido.

 

Art. 11° - MANTENIMIENTO DE LA CALIDAD:

 

Durante todo el período de vigencia de la concesión, la calidad del servicio y provisión de productos deberá mantenerse inalterable.

 

La pérdida de calidad, cuya evaluación quedará exclusivamente a cargo de la H. Cámara, podrá dar lugar a la anulación del contrato, previa intimación fehaciente por Orden de Servicio.

 

Art. 12° - PENALIDADES:

 

            " Establecese para esta licitación las sanciones que corresponde aplicar a la adjudicataria consistentes en multas a favor de la H. mara, que a continuación se detallan.

 

a) PENALIDADES.

l. Pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta o de cumplimiento del contrato.

2. Multa por mora en el cumplimiento de sus obligaciones.

3. Rescisión por su culpa.

 

b) SANCIONES.

Sin perjuicio de las correspondientes penalidades los oferentes o

co-contratantes podrán ser pasibles de las siguientes penalidades y/o sanciones, en los supuestos de incumplimiento de sus obligaciones:

 

l. Apercibimiento.

2. Suspensión.

3. Inhabilitación.

 

Art. 13° - CANCELACION DEL CONTRATO:

 

13.1 La  H. Cámara, ante eventuales variaciones de las necesidades en este tipo de servicio por razones de índole institucional, se reserva el derecho de rescindir total o parcialmente el contrato durante su vigencia, previa comunicación con una antelación no menor de 90 días, sin que medie derecho alguno por parte de la Adjudicataria.

La rescisión por oportunidad merito y conveniencia no generará indemnización por lucro cesante.

Y en caso de la rescisión con culpa del contratista no genera indemnización alguna a favor del contratista.

 

13.2  Ante la falta de cumplimiento reiterado de instrucciones dadas por la Inspección de la Administración de la H. Cámara de Diputados de la Nación, ya sea por lo indicado en el art. 12  o por la no presentación de documentación solicitada, traerá aparejada la aplicación de apercibimientos y/o multas correspondientes. Se aceptaránn TRES (3) apercibimientos, después de los cuales se aplicarán sanciones pacibles de multas del orden del  TRES POR CIENTO (3%) del monto de la garantía contractual, por cada día de incumplimiento de la orden, el máximo de multas serán de TRES (3) en el mes de servicio, pasado este límite, la H.Camara de Diputados de la Nación podrá proceder  a la rescisión del contrato.

 

Art. 14° - PUBLICIDAD:

Si la Adjudicataria quisiera efectuar algún tipo de publicidad, en cualquier medio de difusión, invocando el nombre de la  H. Cámara de Diputados de la Nación, previamente deberá solicitar la autorización pertinente.

 

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SITUACION  ANTE LA  A. F.I. P

El abajo firmante manifiesta en carácter de declaración jurada que la oferente, cuyos datos se detallen a continuación, no registra deudas impositivas o provisionales exigibles por la Administración Federal de Ingresos Públicos.

 

  Nombre de la Empresa:

Domicilio Fiscal:

Número de C. U. I. T.

Agencia :  Domicilio de la Agencia. Copia de la respectiva solicitud de emisión.

En caso de sociedades, se deberá adjuntar copia del poder o acta de designación del firmante.

 

 DOMICILIO ESPECIAL:

A los efectos del cumplimiento de sus obligaciones, la oferente constituye

domicilio especial en Capital Federal, aceptando someterse en

caso de controversia a la jurisdicción de los Tribunales de la Capital Federal, haciendo renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderse.

 

IDENTIFICACION DEL FIRMANTE DE LA PROPUESTA:

 

*      Nombre y apellido:

*      Tipo y número de documento de identidad

*      Carácter invocado:

 

          PERSONAS AUTORIZADAS A RETIRAR GARANTIAS CONSTITUIDAS EN EFECTIVO O CHEQUE:

 

-      Nombre y Apellido:

-      tipo y número de documento:

 

LA FALTA DE INTEGRACION DE DATOS O LA OMISION DE REMITIR LAS CONSTANCIAS REQUERIDAS EN LA PRESENTE HOJA FACULTARA A LA  H. CAMARA PARA NO CONSIDERAR LA PROPUESTA.

 

INICIACIÓN DE LA PRESTACIÓN (*):

 

DENTRO DE LOS 20 DIAS CORRIDOS, CONTADOS A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO.

 

ADQUISICIÓN DEL PLIEGO:

 

EN EL DEPARTAMENTO TESORERÍA, LOS DÍAS HÁBILES EN EL HORARIO DE 12 A 18 HS. SITO EN LA AVENIDA RIVADAVIA 1864 P.B. CAPITAL FEDERAL.

 

REQUISITOS MINIMOS
ANEXO A
SERVICIO PARA EL SALON COMEDOR Y/O AUTOSERVICIO
ENTRADAS:            
JAMON CRUDO C/MELON     80 grs. Y 200 grs. Respect.
JAMON CRUDO/RUSA       80 grs. Y 130 grs. Respect.
TOMATE RELLENO C/ATUN     200 grs.  
CROQUETAS DE PAPAS       200 grs.  
BLANCO DE PAVITA C/SALSA GOLF     200 grs.  
             
PLATO PRINCIPAL:          
BIFE DE COSTILLA CON GUARNICIÓN     300 grs. Y 150 grs. Respect.
ASADO DE TIRA A LA PARRILLA CON GUARNICIÓN   300 grs. Y 150 grs. Respect.
MILANESA CLÁSICA CON GUARNICIÓN   200 grs. Y 150 grs. Respect.
POLLO A LA PARRILLA O AL HORNO CON GUARNICIÒN 400 grs. Y 150 grs. Respect.
SUPREMA DE POLLO CLÁSICA CON GUARNICIÓN   200 grs. Y 150 grs. Respect.
HAMBURGUESAS (2) CON GUARNICIÓN   200 grs. Y 150 grs. Respect.
ESCALOPE DE LOMO C/GUARNICIÓN     300 grs. Y 150 grs. Respect.
PASTEL DE PAPAS       300 grs.      
FILETE DE MERLUZA C/GUARNICIÓN     300 grs. Y 150 grs. Respect.
ARROZ CON POLLO       300 grs. Y 150 grs. Respect.
             
PASTAS:            
VERMICHELLIS SIN ESTOFADO     300 grs.  
VERMICHELLIS CON ESTOFADO     300 grs. Y 100 grs. Respect.
RAVIOLES SIN ESTOFADO     300 grs.  
RAVIOLES CON ESTOFADO     300 grs. Y 100 grs. Respect.
ÑOQUIS SIN ESTOFADO       300 grs.  
ÑOQUIS CON ESTOFADO     300 grs. Y 100 grs. Respect.
CANELONES       300 grs.  
             
EMPANADAS:          
CRIOLLAS, JAMON Y QUESO C/U     60 grs.  
TORTA PASCUALINA, PORCIÓN     150 grs.  
TARTA DE CEBOLLA Y QUESO O JAMÓN Y QUESO, PORCIÓN 200 grs.  
             
GUARNICIONES:          
ENSALADA MIXTAA       200 grs.  
PAPAS FRITAS, PORCIÓN     200 grs.  
HUEVOS FRITOS O DUROS     2 unidades  
ARROZ, PORCIÓN       200 grs.  
PURÉ, PORCIÓN       200 grs.  
ZANAHORIA RALLADA       200 grs.  
             
POSTRES:            
QUESO Y DULCE       100 grs. Y 100 grs. Respect.
FLAN CASERO       100 grs.  
ENSALADA DE FRUTAS       200 grs.  
DURAZNOS EN ALMIBAR       2 mitades medianas
MOUSE DE CHOCOLATE       100 grs.  
RECARGO POR CREMA, DULCE DE LECHE O HELADO 100 grs.  
             
BEBIDA:            
GASEOSAS         260 cc. Aprox.
AGUA MINERAL       500 cc. Aprox.
             
             
LAS OPCIONES DEL PRESENTE ANEXO SON AL SOLO EFECTO DE TOMAR COMO REFERENCIA
EN CUANTO A CANTIDADES (GRAMAJES), PUDIENDO SER OTRAS LAS MERCADERIAS A OFRECER
REQUISITOS MINIMOS
ANEXO B
EMPAREDADOS:          
JAMON CRUDO SOLO       50 grs.  
JAMON COCIDO SOLO       50 grs.  
MATAMBRE SOLO       50 grs.  
SALAME SOLO       50 grs.  
JAMON CRUDO Y QUESO     35 grs. de c/u aprox.
JAMON COCIDO Y QUESO     35 grs. de c/u aprox.
MATAMBRE Y QUESO       35 grs. de c/u aprox.
SALAME Y QUESO       35 grs. de c/u aprox.
MILANESA         100 grs.  
QUESO SOLO       50 grs.  
ENSALADAS: VARIAS       200 grs.  
EMPANADAS:          
CRIOLLAS, JAMON Y QUESO, ETC. C/U   60 grs.  
TORTA PASCUALINA, PORCIÓN     150 grs.  
TARTA DE CEBOLLA Y QUESO O JAMÓN Y QUESO, PORCIÓN 200 grs.  
LAS OPCIONES DEL PRESENTE ANEXO SON AL SOLO EFECTO DE TOMAR COMO REFERENCIA
EN CUANTO A CANTIDADES (GRAMAJES), PUDIENDO SER OTRAS LAS MERCADERIAS A OFRECER

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

                mrd

NO COTIZAR EN ESTE FORMULARIO                               

 

 

 


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