|
LA DISCAPACIDAD EN LA REPUBLICA ARGENTINA ¿Un problema ético, moral, económico, social, jurídico o político? INTRODUCCIÓN Nuestra primera impresión al tratar de investigar sobre la discapacidad en la Argentina fue la de dejarlo para otro momento, pues no encontrábamos material para hacer consultas que nos pudieran orientar, pero eso lejos de amilanarnos nos puso mas ganas para aceptar el desafío para saber porque en la República Argentina a las Personas con Discapacidad se las ignora o directamente se las esconde, nos pusimos a realizar una investigación sin mayores elementos técnicos que los aportados por fuentes directas y de ahí sacar una conclusión sobre que pasa con la Discapacidad en la República Argentina. Como primer dato ilustrativo tenemos que decir, a fuerza de ser sinceros, que basándonos en guarismos de uso internacional, tenemos que la discapacidad afecta a un porcentaje no inferior al 7% y no mayor al 15 % de la población de un país en forma permanente y que los mismos guarismos pertenecen a los discapacitados transitorios. Tomando esta premisa de un porcentaje medio entre el piso y el techo que se encuentra en el mundo, y haciéndolo en nuestro país con un porcentaje de un 10% de la población, tenemos que en nuestro territorio estarían afectadas no menos de tres millones quinientas mil personas (3.600.000) en forma permanente y la misma cantidad de personas en forma transitoria; y, si a esto agregamos que cada persona discapacitada compone un núcleo familiar promedio de 3,4 personas (1), tenemos que por discapacidad esta siendo afectada en forma directa mas de un 50% de la población, pero son estos guarismos tan importantes, considerados por los hacedores de las políticas públicas?. Vivimos en un mundo de discapacitados: los hay afectivos, sociales, físicos u económicos. Si no vemos las discapacidades que tenemos no podemos actuar a favor de ella y encontrar la vertiente que siempre existe, para desarrollar esa potencia que está dentro nuestro y que a veces está nublada. La discapacidad es un problema de todos, nadie está exento de ser afectado directa o indirectamente (ser querido) por la discapacidad. Solo una muerte prematura nos puede salvar de la discapacidad. (1) Cantidad de personas que componen el núcleo familiar en la República Argentina según el INDEC. CAPITULO I
Podemos definir a la política pública como un programa decidido por autoridades gubernamentales orientadas a satisfacer finalidades y preferencias, de las que son responsables, a través de un sistema de acción articulada en una red de actores públicos y privados que movilizan recursos, para desenvolver normas y prácticas en un proceso dirigido a producir con el tiempo, resultados, que alteren o no, una realidad contextual frente a un problema de un área, sector social o ámbito geográfico. Pero como un elemento de fijación de la temática de Políticas Públicas nos quedó registrado en la memoria la definición de política pública que dice que es lo que queremos hacer, lo que podemos hacer y lo que nos dejan hacer. 1.2LOS TÉRMINOS UTILIZADOS Al analizar diversos elementos bibliográficos de consulta como así también documentos sobre nuestra temática de estudio, nos hemos encontrado con diversos términos que son utilizados por ellos, con significado que es usado como sinónimo, estos son: anormales atípicos deficientes diferenciados disarmónicos discapacitados disminuidos impedidos incapacitados inválidos limitados lisiados menoscabados minusválidos subnormales, etc. Un párrafo distinto merece la ley 22.431, denominada Ley de Protección Integral del Discapacitado, promulgada en marzo de 1981, que consta de 29 artículos, los cuales, hasta la fecha, no han sido reglamentados en su totalidad y que en su artículo 2* dice: ‘Artículo 2°. - A los efectos de esta ley se considera discapacitada a toda persona que padece una alteración funcional permanente o prolongada, física o mental que en relación con su edad y medio social implique desventajas considerables para su integración familiar, social, educativa y laboral’ En 1981 se habló mundialmente como Año Internacional de los Impedidos o de los Minusválidos. Nuestro país, la República Argentina, prefirió referirse como Año Internacional de los Discapacitados. Esta decisión no fue un capricho ni una arbitrariedad, sino que estaba avalado por la Academia Argentina de Letras. En la década del 70 comenzó a utilizarse el término discapacitados para designar a los que padecían incapacidades de cualquier tipo en nuestro país. Fue difundido de tal manera que las II Jornadas Nacionales que fueran realizadas por el entonces denominado Servicio Nacional de Rehabilitación en la provincia de Jujuy, en 1972, adoptó la denominación de discapacitados para los que padecían problemas motores, sensoriales o de lenguaje, viscerales y mentales. Hubo quienes se opusieron argumentando que ya existía y se utilizaba la palabra lisiado. El Instituto de Rehabilitación del Lisiado consultó a la Academia Argentina de Letras con respecto a la denominación discapacitados en lugar de lisiados, respondiendo la Academia que el término lisiado conlleva una impresión negativa para el enfermo y la sociedad que lo contiene; en cambio, discapacitados sugiere que si bien la persona tiene algún aspecto limitado, pero destacaba en los que no los está. Etimológicamente hablando el término discapacitados esta compuesto por dos elementos a saber: "dis" prefijo griego que indica dificultad (1) "capacitar" verbo que indica hacer capaz, habilitar (2) Resumiendo: los demás términos utilizados (inválido, lisiado, disminuido, impedido, etc.) implican una negación peyorativa, en cambio discapacitado da sugerencia a una diferencia. Cinco años después de esa primera consulta, se vuelve a reiterar la misma a la mencionada Academia, dictaminando ésta que, luego del tiempo transcurrido, el término aludido había prendido no solo en las esferas académicas sino también en el uso y costumbres, dando por lo tanto su beneplácito para la utilización de la palabra discapacidad y sus derivados en la temática relativa las personas con las dificultades antes apuntadas. En la actualidad la expresión PERSONA CON DISCAPACIDAD es la más usada en nuestro país y se está imponiendo internacionalmente y opinamos que sirve en la medida para crear una concientización con este gran problema social. Nosotros a través de nuestro trabajo hablaremos de persona con discapacidad en la razón que se acentúa el término persona y estamos señalando que esta posee una discapacidad, que tiene capacidades diferentes. La Organización Mundial de la Salud, organismo dependiente de la Organización de las Naciones Unidas, en el contexto de su experiencia en materia de salud, establece una diferencia o distinción entre: Deficiencia, Discapacidad y Minusvalía. Deficiencia: "Cualquier pérdida o anormalidad de la estructura o función psicológica, fisiológica o anatómica" Discapacidad: "Cualquier restricción o carencia (resultado de una deficiencia) de la capacidad de realizar una actividad en la misma forma o grado que la que se considera normal para un ser humano." Minusvalía: "Una desventaja para un determinado individuo, como consecuencia de una deficiencia o discapacidad, que limita o impide la realización de una función que es normal (de acuerdo con la edad, sexo y factores sociales y culturales) para dicho individuo". (Clasificación Internacional de Deficiencias, Discapacidades y Minusvalías, Manual de clasificación de las consecuencias de la enfermedad). Servicio de publicaciones del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Madrid, 1983, Instituto Nacional de Servicios Sociales (INSERSO) 1 y 2 Diccionario Enciclopédico Ilustrado Clarín. Editorial Arte Gráfico Argentino S.A. 1997 con el asesoramiento de la Academia Argentina de Letras. CAPITULO II La discapacidad es antes que nada, un fenómeno social objetivo y aún visible. Está constituido básicamente por una situación de menoscabo físico, psíquico o sensorial que afecta a personas concretas. Hablar de discapacidad es hacer referencia a posibilidades limitadas del desarrollo humano y esta no se encuentra, solamente, por las carencias físicas, mentales o de otro tipo de quien esta impedido, sino por la misma sociedad que le ofrece alternativas para superarse. Ya la Constitución de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, establece en su artículo 20 "El Estado provincial protege integralmente a toda persona discapacitada, garantizando su asistencia, rehabilitación, educación, capacitación e inserción en la vida social y laboral" Sabemos que aun hoy persisten prejuicios hacia las personas con discapacidad que les dificulta el acceso a la educación y puestos de trabajo. Poseer una discapacidad (sensorial, motora, mental) no significa que la misma nos disminuya como seres humanos, tampoco nos hace especiales o acreedores absolutos de la sociedad. Pero muchas veces, ante una persona con deficiencia actuamos de manera distinta: centramos nuestra atención en la disminución y no en las capacidades residuales que, indudablemente, posee. En otras oportunidades directamente las menospreciamos a priori o, de alguna manera las rechazamos, casi siempre en forma velada. Estas actitudes o conductas prejuiciosas están profundamente arraigadas y, principalmente, son reforzadas y difundidas por la educación y los medios de educación social. Es muy frecuente que en el ámbito laboral no se respeten los derechos de las personas con discapacidad, casi siempre con el rechazo encubierto en el requisito de "la buena presencia". Está comprobado que la persona con discapacidad, habilitada profesionalmente, le es mucho más difícil conseguir un empleo que quien no la tiene, aún con menor preparación específica. Tener lástima de un individuo con discapacidad es menoscabarlo y sobreprotegerlo es anularlo. Ambas actitudes, en definitiva, son formas encubiertas de rechazo aunque aparezcan a primera vista como bien intencionadas y estén especialmente aceptadas.
Hay muchas maneras de contrarrestar los prejuicios, salvo una: NO HACER NADA. Es cierto que, parte de la educación impartida en las aulas y mucho de los mensajes publicitarios apuntalan concepciones individualistas y aquellas que exaltan el poder sobre el ser, la estética sobre la ética, la fuerza física como respuesta inequívoca y triunfalista, etc. La rehabilitación es un proceso de duración limitada y con un objetivo definido, encaminado a permitir que una persona con discapacidad alcance nivel físico, mental y/o social funcional óptimo, proporcionándole así los medios de modificar su propia vida. Puede comprender medidas encaminadas a compensar la pérdida de una función o una limitación funcional (por ejemplo, ayudas técnicas) y otras medidas encaminadas a facilitar ajustes o reajustes sociales.
2.2 LA DISCAPACIDAD COMO PROBLEMA SOCIAL Hablar de problema social implica, en términos comunes, aquello que suscita malestar generalizado y que aparece como una fuerza desorganizadora que opera sobre las personas o la sociedad.(2) Los problemas sociales constituyen una condición que afecta a un número importante de personas, de modo considerado inconveniente y que, según se cree, debe corregirse mediante la acción social colectiva.(3) Cuando decimos una condición, nos referimos a que son situaciones creadas por el hombre o que él puede modificar, reconociendo socialmente su origen; al afirmar que afecta un número importante de personas no nos estamos refiriendo a una expresión cuantitativa, ni cualitativa, sino lo que se ve amenazado lo que es importante para la comunidad como la dignidad del ser humano. Al analizar de modo considerado inconveniente, estamos afirmando que hay una condición no deseada. Coincidimos con la doctora Pantano que los problemas sociales deben corregirse mediante la acción colectiva, por ser esta multidisciplinaria, y que esa acción tiene una sustentación indiscutida, la concientización de la problemática de la discapacidad.(4) Además, teniendo en cuenta que no contamos con referencias cualitativas y cuantitativas serias en la región, la falta de homogeneidad en los términos que se utilizan, si hay alguna información es por lo general no confiable, por las técnicas usadas inadecuadas como también la falta de objetividad o capacitación de los individuos encargados de obtenerlos. En la mayoría de las veces, el ciudadano común no sabe como actuar ante un discapacitado, sea por desconocimiento, temor, prejuicio, desconcierto, etc.
La primera columna se elabora a partir de una lectura inicial, aproximativa, del fenómeno: etapa en la que nos formulamos aquellos interrogantes básicos para su comprensión. La segunda muestra aquello que dificulta el conocimiento cierto que se tiene. La última columna indica aquellas tareas más urgentes que deben encararse; esto no pretende ser una receta sino tan solo una propuesta. No debemos olvidarnos que todos los hombres, con discapacidad o sin ella, es una persona social, que participa en la cultura y forma parte de una sociedad, sobre la que influye y es influido. Tanto la cultura como la sociedad son interdependientes. No hay sociedad sin cultura, ni una cultura separada de lo humano. La socialización dura toda la vida del hombre. 2.3 DISCAPACIDAD Y CUANTIFICACIÓN (5) Ya hemos hablado anteriormente de lo importante que es la clarificación conceptual en pos de poder determinar parámetros de medición. Nos ocuparemos ahora de una labor operativa con relación a su clasificación y comparabilidad con el fin de poder encarar acciones para contar a todos aquellos que poseen los atributos precisados en el concepto de persona con discapacidad a fin de evaluar no solo su cantidad, sino ubicarlos espacialmente, comparar su evolución y estimar sus necesidades. Comúnmente se dice que el 10% de la población mundial padece de alguna deficiencia, pero no se encuentran rasgos metodológicos que le den a los resultados el carácter de una recopilación científica de datos en el ámbito nacional o internacional. En la República Argentina se realizaron censos a partir de 1869 el primero, luego fueron los de 1895,1914,1947 y 1960 de carácter nacional y censos municipales de la Ciudad de Buenos Aires en 1887,1904, 1909 y 1936. El censo nacional de 1869 nos deja perplejos, pues en él, no solo se trata de la cuantificación de la población del país, sino que pone como base a los habitantes con condiciones especiales, clasificándolos en nueve categorías y cuatro subcategorías, dando lugar no solo a una cuantificación sino también a una cualificación. Dentro de las nueve categorías de condiciones especiales algunas no son discapacidades como ser huérfanos, ilegítimos y amancebados. Decimos que nos deja perplejos por el grado de compromiso que se toma desde el Estado en un área que tiene en cuenta la sociología muchos años antes de que esta fuera considerada una ciencia. En 1895 se realiza el segundo censo nacional donde vemos un acápite bajo la denominación de ‘La población considerada según sus defectos físicos y psíquicos’ donde se toma en cuenta a las personas enfermas el día del censo. En este censo junto con el de 1914 se tomaron en cuenta las personas enfermas (aspecto temporal) o defecto (aspecto permanente) para dar lugar a conclusiones en relación con el estado sanitario del país. En éste se tomaron solamente tres categorías, mientras que en los dos anteriores se dieron 6 categorías. En el censo de 1947 desaparecen los términos ‘Población según defectos psíquicos y físicos’ utilizados en los tres anteriores y da lugar al término ‘incapacidad’. En este censo 7 son las categorías consideradas. En el de 1960 hay 8 categorías y una novena que correspondía a otras causas. Incidencia de la población discapacitada en la población total del país, según las cifras consignadas en los censos nacionales. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------- Año Población Población % de población total discapacitada discapacitada ______________________________________________________________________
1869 1.737.076 37.870 2.18 1895 3.954.911 25.677 0.64 1914 7.885.237 14.654 0.18 1947 15.893.827 98.681 0.62 1960 20.013.793 307.012 0.15 ----------------------------------------------------------------------------------------------------------
Es imposible hacer un estudio científico de los datos aportados por estos censos, pues por ejemplo se cuentan los enfermos en los años 1869 y 1895 pero no así en los restantes, en el de 1914 los enfermos fueron contados por separado. Además los mismos censos aclaran que los datos no son confiables que son las personas con discapacidad que se contaron, cada censo contó diferentes discapacidades y por ende es imposible de comparar. Pero aún con sus defectos de metodología se pueden sacar algunas conclusiones que pueden ser de mucha utilidad, como por ejemplo el aumento de los discapacitados visuales en los diferentes censos y sobre todo acompañando una constante con el crecimiento poblacional.
En 1980 se realizo una encuesta en la ciudad Buenos Aires y Gran Buenos Aires en el mes de octubre que detectó sobre el total de la población un 4,9% de población discapacitada no institucionalizada.
En esta misma década, la del 80, se realiza uno de los censos mejor dados por la metodología utilizada en nuestro país, que fue de carácter científico y dio resultados sumamente valederos de carácter cuantitativos y cualitativos, fue en la ciudad de Río Cuarto, provincia de Córdoba, y se realizó en dos etapas.
En la primera etapa se dividió la ciudad en ocho sectores y noventa radios, subdivididos en 360 segmentos, todo esto con la colaboración de cuatrocientos cincuenta censistas voluntarios donde se consiguieron los siguientes resultados:
Se detectaron 2231 casos de personas con discapacidades sensoriales, físicas y/o mentales, es decir el 2,3% de la población; se considera que hubo 350 casos que fueron negados.
La segunda etapa, prevista en un principio para ser realizada por personal especializado en cada caso que se hubiera detectado, para obtener así los aspectos relacionados con la educación, trabajo, asistencia y salud no pudo ser realizada por cuestiones de tiempo y económicas y tuvo que ser modificada; se tomo un universo del 28% de personas con discapacidad encuestadas (634) que fueron detectadas en el Censo y teniendo en cuenta los 90 radios en que fue dividida la ciudad. De esta segunda etapa y con el muestreo precitado se tomo en cuenta la distribución según grupos de edad, según sexo y según nacionalidad; tipos de deficiencias; posibles causas del/los déficit; independencia y comunicación; educación; salud; aspecto social.(6) La exclusividad en cuantificación no pertenece solo al experto en estadística, que aportará la técnica, pero los elementos que deben salir a la luz tienen que ser aportados por los el sociólogo, el psicólogo, el rehabilitador, el terapeuta, el asistente social, el docente y por sobre todo la persona con discapacidad con sus allegados en pos de la búsqueda de soluciones efectivas y beneficiosas de todos los que las demanden. No podemos afirmarlos resultados con un criterio científico por que va de ello que no hay una metodología científica en su desarrollo; los mismos censos hablan de personas contadas, no de censadas.
CAPITULO III 3.1 POLÍTICAS EN DISCAPACIDAD Por lo menos en gran parte de América Latina, y, la República Argentina en particular, es sumamente infrecuente encontrar escritas las políticas generales y específicas de, por ejemplo, gobiernos, instituciones de bien público, etc. Además, pareciera que esta cuestión no revista de importancia para los ejecutores ni los supuestamente beneficiarios y no esta claro que éstos deben ejercer el control comunitario. No obstante lo expresado, periódicamente escuchamos afirmaciones que hacen referencia a mentadas políticas aunque, en la práctica, son inexistentes o nunca llegaron a ser formuladas explícitamente, que es casi lo mismo. Al esquivar la cuestión de circunscribir y priorizar el accionar en función de políticas determinadas permite evitar fijar metas, elaborar estrategias congruentes y delimitar los recursos necesarios. En otras palabras, se abre la puerta grande al voluntarismo y todo intento de evaluar la gestión naufragará en medio de una espesa bruma en un mar cargado de laudables intenciones. Pero en definitiva, ¿qué significa políticas referidas a las personas con discapacidad? Muchas cuestiones cotidianas no presentan problemas para las personas con discapacidad y las demás, con algunas adecuaciones se salva la dificultad. Los pocos restantes, menos algún caso específico, pueden solucionarse con mediana sencillez. El mejor y más digno reaseguro al formular políticas es dar participación en el proceso a los que se involucrarán de alguna manera a lo largo de la ejecución, inclusive como destinatarios. Formular políticas es la inversa del voluntarismo que todo puede y poco hace. Indudablemente, en las últimas décadas hemos avanzado en algunos aspectos más que otros, siendo el principal, a nuestro entender, el referido a la generalizada toma de conciencia por parte de la mayoría de las personas con discapacidad de sus inalienables derechos y la importancia de expresarse por su propia voz. Por esta razón, no solamente es preciso que consigan integrarse en el mundo del trabajo sino también que se sientan en él como el sitio que les corresponde, y que en él puedan percibir el modo que contribuyen, para ellos y para los demás, a mejorar la calidad de vida. 3.2 Discapacidad y trabajo Indudablemente algunas personas con discapacidad no logran, en el presente, acceder a puestos de trabajo en equiparables condiciones que el resto de la población, muchas veces producto de una inadecuada capacitación, y otras, por su propia deficiencia, por lo que el trabajo protegido es una solución posible mientras seguimos avanzando en procura lograr otras alternativas. Las barreras arquitectónicas, urbanísticas y en el transporte son además factor de discriminación. El trabajo protegido debe ser concebido como una estrategia de integración social y no como una alternativa de segregación, como algunas veces sucede. "...El trabajo protegido es toda actividad laboral enmarcada en el proceso económico general, que realizan personas que, por sus condiciones individuales, no acceden, aunque sea transitoriamente, a otra generación de ingresos a través de la producción de bienes y servicios, con el fin de subvenir sus necesidades y las de sus respectivas familias, que, de alguna manera, esta subvencionada o resguardada en uno o varios aspectos, como el financiero, comercial, operativo, etc..." Es muy importante tener presente el concepto de productividad del trabajo protegido, por más que los niveles de eficiencia sean inferiores a los correspondientes a otras situaciones. La falta de trabajo significa, en muchas oportunidades, una prolongación innecesaria de las etapas de menor responsabilidad propias de los estados evolutivos anteriores, menoscabo en la autoestima (dependencia, sentirse no tenido en cuenta, etc.), carga para el grupo familiar, Estado, etc. Dentro de lo antedicho precedentemente, para algunos individuos el trabajo protegido es una instancia anterior al denominado abierto y para otros, por menos en la actualidad, la meta posible. Las actividades laborales protegidas de las personas con discapacidad, que así lo requieran, deben tener como objetivo el de contribuir al desarrollo de la vida independiente a través de:
Además, cabe recordar que, ese tipo de emprendimiento está dentro de los conceptos de inversión social y que no se transforme en asistencialismo corre por cuenta de los propios ejecutores y supervisores de la estrategia. Bien decía León Tolstoi en su libro CARTAS <No os riáis de la palabra trabajar. El trabajar con inteligencia, utilidad y buen fin es cosa excelente; pero aunque sea una simple bagatela, cepillar un listón, hacer algo, en ello va implícita la primera condición de una vida moral, buena, y, por lo tanto, de felicidad. A saber: hoy he trabajado, tengo la conciencia tranquila, siento cierta autosuficiencia, exenta de orgullo, y ello hace que me crea bueno> Para ser mas claro, lo contrario a equiparación de oportunidades es el desarrollo por separado (apartheid).
4.8.- LA DICOTOMÍA ENTRE LO NORMADO Y LO CUMPLIMENTADO Por la ley 24.452, denominada Ley de Cheques, se establece, entre otras pautas, las multas que se harán o tendrán que abonar los infractores a la misma, los fondos provenientes de estas multas deben ser puestos a disposición, en una cuenta especial, para los programas para personas con discapacidad. Esta misma ley es la que establece que el Banco Central de la República Argentina es la autoridad de aplicación de la misma. Mediante el Decreto 437/99(Anexo), firmado por el entonces presidente Dr. Carlos Saúl Menem y sus ministros, se varían las multas establecidas por la ley 24.452, produciendo de hecho una amnistía a los infractores con relación al monto de las multas, disminuyéndolas no tan solo para los libradores de los cheques sino también para las entidades financieras, usando como argumento la morosidad del Congreso Nacional en la sanción de una normativa sobre la ley de cheques y además que si se cobraba el monto de las multas podía colapsar el sistema financiero argentino Afirmamos que existe una dicotomía entre lo normado y lo efectivamente cumplido por el análisis que hemos hecho sobre este caso en particular; por la ley 24.144) se establece la Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina, que en su Capítulo 1ro. artículo 3ro. en su tercer y cuarto párrafo establece <En la formulación y ejecución de la política monetaria y financiera el Banco Central no estará sujeto a órdenes, indicaciones o instrucciones del Poder Ejecutivo Nacional>. <El Banco Central no podrá asumir obligaciones de cualquier naturaleza que impliquen condicionar, restringir o delegar sin autorización expresa del Honorable Congreso de la Nación, el ejercicio de sus facultades legales> Con esto podemos apreciar la incongruencia entre la ley y el comportamiento del Banco Central en aceptar un decreto que lo condiciona en franca oposición al artículo antes descrito. Según nuestra opinión hubo una responsabilidad grave no solo para el presidente del Banco Central, Dr., Pedro Pou , sino además para los integrantes del Congreso Nacional que únicamente se limitaron a presentar proyectos de inconstitucionalidad del Decreto cuando los plazos estaban vencidos y eran extemporáneos, tanto por el oficialismo como la oposición.
CAPITULO V En este capitulo nos abocaremos a estudiar y analizar las normativas que existen en nuestra legislación que involucran a las personas con discapacidad, comenzaremos con nuestra Carta Magna e iremos proyectando diversos ítems de las leyes, decretos y resoluciones básicas que involucran a la temática en tratamiento LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y LA REFORMA CONSTITUCIONAL DE 1994 El artículo 75, inciso 23 de la ley fundamental establece que al Congreso de la Nación le corresponde ‘legislar y promover medidas de acción positiva que garanticen la igualdad real de oportunidades y de trato, y el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por esta Constitución y por los tratados internacionales vigentes sobre derechos humanos, en particular respecto de los niños, las mujeres, los ancianos y las personas con discapacidad’ Este inciso fue incorporado en la reforma del 94 ratificando el principio establecido en el artículo 16 de la Carta Política. A nuestro entender resulta sumamente acertada la expresa alusión a los discapacitados en nuestra Carta Magna, sirviendo como ayuda primordial en pos de la igualdad real y efectiva entre discapacitados y el resto de los ciudadanos. El Poder Legislativo en su artículo 75, inciso 32 de la Constitución Nacional queda facultado para dictar las leyes y reglamentos para que sean operativos los derechos reconocidos por ella. Desde nuestro punto de vista en la reforma de 1994 quedaron en deuda los constituyentes al no considerar expresamente el derecho a la salud, aunque en su artículo 42 establece en su primer párrafo "Los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a condiciones de trato equitativo y digno""... Aunque la jurisprudencia estableció el derecho a la salud como un derecho esencial de las personas en concordancia con lo establecido por el artículo 33 de la Ley Fundamental que establece":’Las declaraciones, derechos y garantías que enumera la Constitución, no serán entendidos como negación de otros derechos y garantías no enumerados; pero que nacen del principio de la soberanía del pueblo y de la forma republicana de gobierno.’ Con relación a lo que estamos investigando en este acto(la Discapacidad), tenemos que decir que los tratados internacionales y concordatos que forman parte de la Constitución Nacional tienen una entidad superior a las leyes (Art. 75, inciso 22); de los documentos expresamente incluidos en la Carta Magna es dable destacar el artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (ONU 10/12/48), que juntamente con la Declaración Americana de los Deberes y Derechos del Hombre (IX Conferencia Internacional Americana, Bogotá, Colombia, año 1948; art. XVI) y la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (ONU, 18/12/79, art.11 inc.e) contemplan la cobertura de prestaciones por incapacidad. Recientemente fue aprobado por la ley 24.658 el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, celebrado en El Salvador el 17/11/88. Dicho Protocolo compromete a los Estados Parte a diseñar programas destinados a personas con disminución de sus capacidades físicas o mentales con la finalidad de brindar:
CONCLUSIONES En la planificación es, en principio, inexcusable no efectuar el correspondiente análisis del coste y beneficio de las distintas alternativas, más aún en economías en crisis que tienden a agravarse. También reviste particular importancia la participación orgánica de los competidores de las prestaciones, en nuestro caso, las personas con discapacidad. En este sentido es muy importante que se formulen taxativas políticas donde quede expresamente delineada la cuestión de la participación de las personas con discapacidad. Si los directos beneficiarios de las políticas participan en todo proceso estamos logrando consistencia en accionar y un nivel de eficacia improbable con otros modelos. Recuérdese que el desarrollo de una comunidad está estrechamente relacionado con los niveles de activa participación de sus miembros. Suponer lo contrario es, por lo menos, una falacia. Las políticas deben tender a la sustitución progresiva de un sistema de asistencia dispensada sobre todo en establecimientos especializados, por un sistema de atención menos institucional y más abierto. La asistencia especializada a las personas con discapacidad minusválidos debe dejar lugar a un sistema de carácter mas general, recurriendo esencialmente a la ayuda mutua y a la ayuda voluntaria como complemento de la necesaria asistencia profesional. Éstos deben participar también activamente en su propia rehabilitación, actuar en la gestión de los servicios e intervenir en el mecanismo de la toma de decisiones. En gran parte de la región, en la actualidad, en casi todo documento o discurso conlleva la mención a la tan mentada participación, en la práctica rara vez se concreta salvo para cumplir las formalidades, que por lo general, se circunscriben a alguna reunión meramente expositiva de los autores del plan cuando, desde los escritorios de los funcionarios, ya esta concluida la redacción definitiva. Lo atinente a la participación es esencial pues marca claramente la ideología preponderante. A nuestro entender, el nivel de participación de los involucrados indica con exactitud el espíritu de un programa de habilitación y rehabilitación. En este aspecto hemos de tener particular cuidado pues, en lo que se refiere a la participación, las cortinas de humo son continuamente avivadas. Los grupos son fácilmente manipulados cuando no han logrado un buen desarrollo, carecen de experiencia política o sus dirigentes confunden o relegan sus responsabilidades. En el fortalecimiento de las entidades representativas de las personas con discapacidad está, sin duda, la respuesta para la generalización de la equiparación de oportunidades. Seguiremos insistiendo con especial énfasis que el proceso de habilitación y rehabilitación ha de ser limitado en el tiempo, es decir, algún día debe concluir. De lo antedicho diremos que la persona con discapacidad, en el plazo más corto posible, tiene que adquirir o readquirir la capacidad de desempeñarse independientemente en la vida diaria, incluyendo las actividades laborales, pues toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias, de trabajo y a la protección contra el desempleo. Toda persona tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social. (3) Es evidente que, la habilitación y rehabilitación integral no están generalizados, sobre todo si lo analizamos a la luz de los niveles de vida independientemente alcanzados por quienes recibieron sus beneficios. Además debemos desterrar definitivamente el asociar la discapacidad con tareas laborales improductivas, menor cuantía social o, directamente, con la pasividad a través de pensiones a la invalidez como primera solución y no como última instancia, institucionalización segregada innecesariamente, etc. Si deseamos desmedrar, por lo menos, algunas de las principales raíces del antedicho prejuicio profundamente arraigado, hemos de modificar en mucho los contenidos educativos en general y de formación laboral en particular, ya que fueron concebidos para el desarrollo separado además de presentar muy limitadas opciones de capacitación focalizadas, en gran medida, en tareas artesanales con poco valor agregado en las puertas del fin del siglo de la informática. En la Región, como en otras partes, se ha producido un significativo cambio en la estructura económica, por lo cual quienes se ocupan de los diversos aspectos del proceso de habilitación y rehabilitación deben incluir estos datos, desdeñando posturas voluntariosas o que se han quedado en el recuerdo de otras épocas pasadas. La habilitación y rehabilitación integral, empleando los recursos comunitarios, ha de ser una prioridad fundamental y no un documento elaborado rápidamente al final de una gestión o antes de una elección, pues la equiparación de oportunidades y normalización de las condiciones de vida de las personas con discapacidad es un derecho inclaudicable que debe ser ejercido plenamente. Ejercido ya. Se han producido en los últimos años modificaciones de real envergadura que significaron, entre otros, cambios en las posibilidades de acceder a la generación de ingresos tanto en relación de dependencia como en forma autónoma. En este tipo de cambios en poco tiempo, casi siempre quedan descolocados los menos preparados y los sectores que sufren algún tipo de menoscabo social, como en el caso de muchos individuos con discapacidad. El creciente achicamiento de los Poderes Públicos también reduce las instancias de los puestos de trabajo, inclusive para las personas con discapacidad que, en gran parte, los tuvieron (sin éxito) como meta laboral. Las variables de ajuste dejan afuera, en primer lugar, a los grupos socialmente más débiles. Además, en esta oportunidad, las adecuaciones como la eliminación de las barreras arquitectónicas, incentivos fiscales, etc. cesan de ser aplicados o exigidos para épocas de bonanza económica. Si en este actual mundo globalizado todo gira alrededor de cuestiones económicas, no tenemos que olvidarnos que es más rentable capacitar a las personas con discapacidad para que se desempeñen laboralmente, que los gastos globales en que incurre la sociedad por no hacerlo. Un Taller protegido, adecuadamente planificado, con una buena administración, que incluya una racional producción y una correcta comercialización, el trabajo dará beneficios económicos suficientes para distribuir entre los operarios y la comunidad (servicios, impuestos, etc.). Para contrarrestar la situación recién descripta hemos de enfocar el accionar de las políticas públicas desde varias perspectivas al mismo tiempo. Una, sin duda, es influir para que las instituciones académicas que formen directores de empresas, economistas, licenciados en recursos humanos, etc. incluyan dentro de sus contenidos curriculares aspectos relacionados con las personas con discapacidad. También hay que dirigirse a las Cámaras y Colegios de Graduados para que, por lo menos, la realidad de esos porcentuales de la población económicamente activa no les sea desconocida. No se trata de accionar motivados por la conmiseración, ya que la base es el derecho de todo individuo a acceder, en equiparables oportunidades, a la normalización de las condiciones de vida. Los cambios económicos y sociales son cada vez más vertiginosos y la capacitación profesional más exigente. Las personas con discapacidad, inmersas en sus respectivas comunidades, participan (o deberían hacerlo) de estos procesos, ocupando su lugar en actitud adulta y responsable, desechando las actitudes paternalistas que aíslan para proteger (logrando la inversa) o intentan ignorar para aparentar lo que no son. También es necesario, para ellos como para todo el mundo, que ese lugar les proporcione una dignidad, una responsabilidad, una libertad, una auténtica participación en la empresa común y la posibilidad de realizar sus proyectos personales. Esta imagen del papel deseado constituye, para los deficientes, una realidad como lo es su deficiencia. El desconocimiento institucional de la vigencia de los derechos sociales nos coloca al borde del abismo, porque representa la crueldad de la violencia ejercida contra quienes no dan más. La Globalización se impuso y junto con ella la democracia liberal, que se vendió con la denominación de economía social de mercado, que utiliza su poder mediático para hacer creer que es la panacea que nos hará ir bien aunque estemos mal. Lo que pasa que el Mercado es el nuevo <Theos> que ha reemplazado los valores por los precios, tanto en la sociedad global como en las instituciones. Cuando comenzamos el trabajo pusimos como título si la discapacidad en la República Argentina es un problema ético, moral, económico, social, jurídico o político, pues bien ahora que ya estamos en los albores del mismo, que leímos una cantidad muy importante de documentación, entrevistamos funcionarios, empresarios, sindicalistas, autoridades gubernamentales, representantes de Organismos no gubernamentales y personas con discapacidades distintas, concluimos que es abarcativo de todas esas expresiones, ninguna queda relegada y de nuestro análisis hemos dado algunas ideas de los caminos conducentes a la concreción de una mejor calidad de vida para las personas con discapacidad, no vamos a decir que este trabajo resulto placentero, pues en más de una oportunidad hemos dicho algún improperio (léase puteadas) por la desidia de los funcionarios, algunas autoridades, legisladores y gente en general por el desconocimiento que tenemos de la problemática de la discapacidad y por el incumplimiento de la normativa vigente. (3)Naciones Unidas, Asamblea General, Declaración Universal de Derechos Humanos. Artículo 23, Apartados 1, 2 y 3. COMENTARIO A veces nos preguntamos el porque de la tan aguda crisis que padecemos comunitariamente, quizás la respuesta esté en la notoria falta de coherencia entre la ética y la practica cotidiana, en la primacía de la buena presencia sobre las capacidades y virtudes, en si alguien del público desentona con su vestimenta sin importarnos si la orquesta desafina. BIBLIOGRAFIA
======================================================= |
||||||
[Volver]
Páginas creadas por [Direccion de Informatica]
y administradas por la
Comisión de Discapacidad