| Texto facilitado por los firmantes del proyecto. Debe
tenerse en cuenta que solamente podrá ser tenido por auténtico el
texto publicado en el respectivo Trámite Parlamentario, editado
por la Imprenta del Congreso de la Nación
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RESUELVE: Institúyese
el Concurso "Salón Nacional de Pintura de los Pasos Perdidos -
Honorable Cámara de Diputados de la Nación", que será convocado
anualmente por la Comisión de Cultura de esta H. Cámara. °.
- El "Salón Nacional de Pintura de los Pasos Perdidos - Honorable
Cámara de Diputados de la Nación" constituirá un apoyo
institucional a la pintura argentina, y simultáneamente una vía para
enriquecer el acervo pictórico de esta H. Cámara, mediante el
premio-adquisición de las tres obras ganadoras del certamen. °.
- La Comisión de Cultura de esta H. Cámara convocará al certamen
todos los años, antes del 30 de abril, y nombrará a cinco artistas, críticos
de arte y/o autoridades de la Cámara como miembros del Jurado
seleccionará las obras para la muestra y elegirá las obras ganadoras.
Las decisiones del Jurado serán inapelables. °.
- La recepción de obras tendrá como límite el día 31 de agosto. El
Jurado seleccionará las obras para la muestra y se expedirá sobre las
obras ganadoras, antes del 30 de septiembre de cada año. La selección
de obras para el Salón se expondrá por un lapso mínimo de 20 días
corridos en una muestra a realizarse entre los meses de octubre y
noviembre del año de convocatoria del certamen, en el Salón de los
Pasos Perdidos del Congreso de la Nación o en el salón que la Comisión
de Cultura considere conveniente. °.
- Los premios del "Salón Nacional de Pintura de los Pasos Perdidos
- Honorable Cámara de Diputados de la Nación", serán modalidad
adquisición, y consistirán en: a)
Primer Premio: $10.000, diploma. b)
Segundo Premio: $5.000, diploma. c)
Tercer Premio: $2.500, diploma. El
Jurado podrá seleccionar hasta tres (3) Menciones Especiales que se
certificarán con su correspondiente diploma, las cuales no recibirán
premio en dinero, y quedarán por lo tanto eximidas de la modalidad
adquisición. Ninguno de los premios podrá declararse desierto. °.
- Las obras premiadas pasarán a formar parte del patrimonio de la H. Cámara
de Diputados de la Nación. La Presidencia de la H. Cámara, en consulta
con la Comisión de Cultura, dispondrá el destino de las obras
premiadas como lo considere conveniente. °.
- Los participantes del certamen deberán ceñirse sin excepción y
estrictamente al Reglamento adjunto como Anexo I. La Comisión de
Cultura podrá, cada año, hacer los ajustes que considere necesarios al
mismo. La H. Cámara de Diputados no se hará en ningún caso
responsable por el deterioro que pudiera sufrir ninguna de las obras que
participen del certamen. °.
- A pedido de la Comisión de Cultura, la Presidencia de esta H. Cámara
dispondrá de los recursos necesarios para: a)
Publicar la convocatoria al certamen en al menos dos (2) medios gráficos
nacionales. b)
Realizar la difusión del certamen por otros medios que considere
convenientes (afiches, mailing, publicidad radial o televisiva, etc.) c)
Publicar la decisión del Jurado en al menos dos (2) medios gráficos
nacionales. d)
Abonar los importes de los premios de los ganadores del certamen. La
H. Cámara de Diputados no se hará cargo, en ningún caso, de costos de
trasnporte, envíos, seguro, etc., correspondientes a las obras
concursantes. °.
- La primera edición del certamen se realizará al año inmediatamente
posterior a la aprobación de la presente Resolución. Canteros Fundamentos Señor
presidente: Las
expresiones artísticas de los pueblos tienden a representar su
identidad. Y lo hacen en términos atemporales, es decir, no transmiten
sólo la realidad presente sino también lo pretérito que ha llevado a
desembocar en la actualidad, e, incluso, la proyección que el hoy tiene
en el futuro. Desde luego, las artes plásticas no resultan ajenas a
tales perfiles, de allí que sus distintas formas reflejen la
heterogeneidad que toda nación multicultural como la nuestra exhibe
como un valor trascendente. En
este año en que evocamos el centenario del nacimiento del maestro
Antonio Berni, las consideraciones sobre nuestra identidad plástica
parecen acentuarse. Así lo ha entendido, por ejemplo, el Poder
Ejecutivo Nacional, que, a través del Decreto 61/2005, no solamente
dispone que toda papelería oficial, a utilizar en la Administración Pública
Nacional "deberá llevar, en el margen superior derecho un sello
con la leyenda '2005 - Año de homenaje a Antonio Berni'", sino,
también, que "el Poder Ejecutivo Nacional auspiciará actividades
como actos, seminarios, conferencias y programas educativos, que
contribuyan a la difusión en el país de la historia de Antonio Berni,
para valorizar a los creadores excepcionales que contribuyeron a la
fundamentación de nuestra identidad cultural". Nada
mejor, en ese marco, que el proyecto que hoy proponemos, como una forma
permanente para que esta Casa de los representantes del pueblo consagre
sus esfuerzos, más allá de su tarea específica, a rendir culto a la
identidad argentina, con el doble propósito de alentar a los creadores
para que persistan en su labor, por un lado, y, por otra parte,
acrecentar el patrimonio cultural de esta verdadera caja de resonancia
de los anhelos nacionales. La
cultura conforma, junto a los símbolos nacionales, la presencia de
nuestro país en el mundo, identificándonos con rasgos ni superiores ni
inferiores a los de ninguna otra comunidad del planeta, pero si con la
caracterización que nos hace, como a cualquier otro pueblo,
insustituibles e irremplazables en el panorama ecuménico. Es tanto
nuestra contribución a la cultura universal como el rasgo
identificatorio de nuestra Nación en la historia humana: una suerte de
ADN colectivo que nos marca, con nuestros perfiles relevantes, frente
los demás pueblos de la Tierra. Es
por ello que la defensa de nuestra cultura se presenta como un hito
inseparable de la representación de nuestro pueblo. Al fortalecimiento
de tal característica contribuyen, decisivamente, iniciativas como la
que hoy sometemos a consideración de esta Cámara. Se
trata de la institución de un Salón que, como se desprende de la
lectura del articulado, simultáneamente promueve al arte pictórico
argentino, y apunta al enriquecimiento del acervo cultural de esta Cámara.
Apoyar a los artistas y conformar un flujo permanente de obras de arte
para el patrimonio de esta casa. Por
lo expuesto, y por los argumentos adicionales que, de ser necesario,
expresaremos ante las comisiones que asesoren respecto de este tema y en
el recinto cuando sea tratado, requerimos a la Cámara de Diputados de
la Nación la aprobación del presente Proyecto de Resolución. ANEXO
I: Modelo de Reglamento del certamen 1.
La Comisión de Cultura de la H. Cámara de Diputados de la Nación, con
el objetivo de promover y difundir el arte pictórico contemporáneo
argentino, convoca a artistas residentes en el país a participar del
certamen "I Salón de Pintura de los Pasos Perdidos - H. Cámara de
Diputados de la Nación, Año .........". Para esta edición, las
obras podrán ajustarse al tema
"......................................................". 2.
El certamen "I Salón de Pintura de los Pasos Perdidos - H. Cámara
de Diputados de la Nación" otorgará los siguientes premios, en
modalidad adquisición: a.
Primer Premio: $10.000, diploma. b.
Segundo Premio: $5.000, diploma. c.
Tercer Premio: $2.500, diploma. El Jurado podrá seleccionar hasta tres (3) Menciones Especiales que se certificarán con su correspondiente diploma, las cuales no recibirán premio en dinero, y quedarán eximidas de la modalidad adquisición. 1.
Para la presente edición del certamen, el Jurado estará integrado por
el Sr. Presidente de la Comisión de Cultura de la H. Cámara de
Diputados de la Nación, Sr. ........................................; y
por ................................; ..........................;
........................; y ............................ 2.
Podrán participar del certamen todos los artistas argentinos y
extranjeros con al menos tres (3) años de residencia en el país,
debidamente comprobable, y mayores de 18 años. 3.
Se admitirá una (1) obra por autor, la cual deberá ser entregada lista
para colgar. Las técnicas posibles son acrílico, óleo o técnicas
mixtas sobre tela o madera sobre bastidor. La medida máxima admitida
para las obras es de 1,00m. por 1,00m. Deberán estar identificadas en
su parte posterior, y deberá adjuntarse un sobre con un breve currículum
del autor, de no más de quince (15) renglones. 4.
La inscripción está abierta, y la Comisión de Cultura recibirá las
obras hasta el 31 de agosto del corriente año. Las obras podrán ser
entregadas personalmente o enviadas por correo, debidamente embaladas e
identificadas con los datos del autor, a "Comisión de Cultura de
la H. Cámara de Diputados de la Nación, Riobamba 25, 2° piso Of. 239,
C.P. 1025, Ciudad de Buenos Aires. Para los envíos por correo, deberán
serlo por vía certificada y se tomará en cuenta la fecha de la
imposición (matasello). 5.
Cada participante deberá completar un formulario por triplicado, con
sus datos personales y los de la obra. El original tendrá carácter de
declaración jurada y quedará en poder de la Comisión de Cultura de la
H. Cámara de Diputados de la Nación. Una de las copias deberá ser
adherida a la parte posterior de la obra, y la restante deberá ser
presentada en el momento de retirar la obra, en caso de no resultar
premiada. 6.
El Jurado seleccionará las obras para la muestra y se expedirá sobre
las obras ganadoras, antes del 30 de septiembre del corriente año. La
selección de obras para el Salón se expondrá por un lapso mínimo de
20 días corridos en una muestra a realizarse entre los meses de octubre
y noviembre del corriente año, en el Salón de los Pasos Perdidos del
Congreso de la Nación. 7.
Las entrega de premios se realizará el día ....................... a
las ........ hs. en un acto público a realizarse en el Salón de
Conferencias de la H. Cámara de Diputados de la Nación, Rivadavia
1864, 1° piso, Ciudad de Buenos Aires. 8.
La Comisión de Cultura de la H. Cámara de Diputados de la Nación
velará por la buena conservación de las obras, pero no se
responsabiliza por ningún tipo de deterioro, rotura, robo o hurto e
incendio. Los eventuales costos de transporte, envío, seguros, etc. de
la obra, si los hubiera, correrán por cuenta de los participantes. Todo
caso no previsto por el presente Reglamento será resuelto por esta
Comisión. 9.
Las obras premiadas pasarán a formar parte del patrimonio de la H. Cámara
de Diputados de la Nación. Los participantes podrán retirar las obras
no premiadas, sin excepción, hasta el día 30 de abril del año
inmediatamente posterior a la realización del certamen, munidos de la
copia del formulario especificado en el punto 7 de presente Reglamento.
Cumplido dicho plazo, la Comisión de Cultura dispondrá de las obras
como lo considere conveniente. 10.
Para más información, comunicarse al teléfono (011) 6310-7100 int.
2239 ó al correo electrónico ccultura@diputados.gov.ar 11.
La participación de los artistas en este certamen implica el
conocimiento y la aceptación del presente Reglamento en todas sus
partes.
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